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Alertan sobre afectación a la libertad de prensa en proyecto de Ley Anticorrupción

La Ami y la Asociación Nacional de Medios de Comunicación denunciaron un sorpresivo artículo que atenta contra la libertad de prensa.
Foto: Pixabay
Colprensa

La Asociación de Medios Independientes (Ami) y la Asociación Nacional de Medios de Comunicación denunciaron por medio de un comunicado conjunto, que dentro de la ponencia para último debate del Proyecto de Ley Anticorrupción hay un sorpresivo artículo que atenta contra la libertad de prensa.

De acuerdo con estas dos asociaciones, este artículo señala que: “el que mediante injuria o calumnia debidamente comprobada pretenda atacar u obstruir las funciones constitucionales y legales de algún funcionario público, denunciando hechos falsos sobre él o sobre su familia, incurrirá en prisión de sesenta (60) a ciento veinte (120) meses, y multa de trece punto treinta y tres (13.33) a mil quinientos (1.500) salarios mínimos legales mensuales vigentes, sin que sea procedente algún beneficio o subrogado penal. Cuando quien profiera injuria o calumnia en contra de un funcionario o exfuncionario público o sobre su familia, sea representante legal o miembro de cualquier organización comunitaria, el juez de control de garantías ordenará a la autoridad competente que, previo el cumplimiento de los requisitos legales establecidos para ello, proceda a la suspensión o cancelación de la personería jurídica de la organización comunitaria a la que pertenece, en los mismos términos del artículo 91 de la ley 906 de 2004.”

Lo anterior tiene preocupadas a las asociaciones porque no entienden qué relación tiene una disposición así con el objeto de la ley.

Agregan que la tipificación de los delitos de injuria y calumnia y la responsabilidad penal y civil extracontractual derivada de la comisión de los mismos aplica para todos quienes cometan esos actos en Colombia, sean o no funcionarios o exfuncionarios públicos o sus familiares, por lo que no se entiende tampoco la creación de un régimen especial o privilegiado en caso que los sujetos pasivos de tales delitos fueran estas personas.

Añaden que la injuria o calumnia significa una sentencia en firme surtidas todas las instancias, lo cual toma años y excede periodos de funciones públicas. Por lo que justificar la norma propuesta argumentando que se orienta a defender o impedir la obstrucción de funciones constitucionales y legales no es acertado, y menos aun teniendo en cuenta que para el debido ejercicio de la función pública, existen también ya estatutos y normas en la legislación nacional.

Por todas estas razones las asociaciones dicen que esta regulación especial y privilegiada, sí representa una amenaza para cualquiera que deba denunciar posibles irregularidades en el ejercicio de tales funciones o para el ejercicio de las mismas, como lo hacen, por ejemplo, los medios de información y que semejante fuero se extienda más allá de los periodos de servicio público con el mismo objeto, sólo parece querer garantizar que jamás se denuncien actos o hechos que debieran ser denunciados, por temor a las consecuencias y costos de procesos judiciales en contra de medios y periodistas.

A raíz de todo lo anterior las asociaciones piden eliminar el artículo.

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