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Este es el panorama del caso Santrich

En La Señal de la Mañana la abogada y docente de derecho penal, Luisa Caldas, explicó que actualmente hay dos procedimientos diferentes contra Jesús Santrich. El primero en el que se solicita su extradición, y el segundo que incluye la nueva prueba que presentó la Fiscalía General de la Nación y que permitió una segunda captura el pasado viernes.

En La Señal de la Mañana la abogada y docente de derecho penal, Luisa Caldas, explicó que actualmente hay dos procedimientos diferentes contra Jesús Santrich. El primero en el que se solicita su extradición, y el segundo que incluye la nueva prueba que presentó la Fiscalía General de la Nación y que permitió una segunda captura el pasado viernes.

El primer proceso que se adelanta contra Santrich tiene como base la solicitud de extradición. Acusación que fue resuelta por la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), donde el organismo de justicia transicional argumentó que no habían suficientes pruebas sobre la fecha en la que Santrich habría participado en negociaciones de narcotráfico, por lo que le otorgó la libertad y la garantía de no extradición.

De acuerdo con la abogada Caldas, la segunda captura de Santrich, que ocurrió a los pocos minutos de ser liberado en la cárcel La Picota, obedece al trámite que se adelanta internamente en el país y que no está directamente relacionado con la extradición.

“La Fiscalía con unos medios de prueba nuevos, le solicita al juez de control de garantías que se expida una orden de captura para el proceso que se lleva en Colombia”, afirmó la abogada.

Esta nueva prueba consiste en un vídeo que aportó Marlon Marín a la Fiscalía en el que Santrich se encuentra presuntamente negociando el envío de estupefacientes a Estados Unidos. Frente a esta prueba, la JEP respondió a través de un comunicado, cuestionando a la Fiscalía por no haber suministrado esas pruebas en primera instancia del proceso.

En cuanto al envío de la evidencia a la sala de apelación de la JEP para la solicitud de extradición, la abogada explicó que “en el trámite de la JEP no existe posibilidad de aportar pruebas en segunda instancia, no quedó regulado”.

Sin embargo, también hizo la aclaración que si alguno de los estatutos del procedimiento penal consignados en la Ley 906 y Ley 600 del 2000, permite llevar las pruebas a la JEP, entonces el tribunal si podría tomar acción.

“Eventualmente la JEP puede reclamar la competencia sobre esos hechos y lo que ocurriría es que exista un conflicto de competencias entre las dos jurisdicciones, que tendría que ser resuelto por la Corte Constitucional”, afirmó Caldas.

Además, la jurista explicó que aunque es posible presentar el material probatorio en ambas instituciones (JEP y Fiscalía), el primer paso es corroborar la legalidad de esas pruebas, lo cual le corresponde a cada institución por separado, tanto a la justicia ordinaria como a la justicia especial.

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