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JEP ordenó la captura de alias ‘El Paisa’

La JEP ordenó la captura de alias ‘El Paisa’, sin embargo, el compareciente no fue expulsado de este modelo de justicia transicional.

Luego de 6 horas de deliberación los magistrados de la sala de reconocimiento de la Jurisdicción Especial para la Paz acogieron la solicitud de la Procuraduría General de la Nación y ordenaron la captura de Hernán Darío Velásquez conocido como ‘El Paisa’.

Según los Magistrados de la JEP, Hernán Darío Velásquez, conocido como ‘El Paisa’, tuvo varios incumplimientos que fueron catalogados como graves, pues afectan directamente los derechos de las víctimas.

“No presentó su informe ni excusas sobre el caso 001 relacionado con secuestros y desapariciones, concluye esta sala que incumplió la condición fundamental para la reparación de las víctimas, pues no compareció a ninguno de los llamados, es indispensable que quién se ha comprometido, comparezca cuando sea llamado” aseguró la magistrada Catalina Díaz.

Según los informes que fueron analizados, ‘El Paisa’ abandonó el espacio de capacitación y normalización de Miravalle por sobrevuelos de naves no tripuladas y la presencia de tropas de la Fuerza Pública cercanas al espacio. Hechos que para la JEP si existieron, pero no son argumento para desaparecer, pues se reiteró que “esa no fue su única opción”.

La sala de reconocimiento aseguró que el compareciente estuvo comprometido con el proceso de reincorporación desde los espacios de capacitación hasta junio del año pasado. Sin embargo, luego se perdió su rastro, y ahí viene, otro de los graves incumplimientos de Velásquez.

Sin embargo, la JEP aseguró que no hay evidencia de que ‘El Paisa’ haya incumplido con el compromiso de no regresar a las armas, no se tienen evidencias de que haya vuelto a delinquir, por lo tanto, no se cumple con los requisitos para ser expulsado. La JEP continuará con su caso, la sala fue enfática en aclarar que la justicia ordinaria no puede emitir la orden de captura ni intervenir.

“Esa captura no puede ser ordenada por la jurisdicción ordinaria, la JEP es el juez natural en delitos relacionados con el conflicto armado” aseguró la magistrada Díaz.

Una vez efectuada la orden de captura que deberá ser efectuada por la Policía Nacional, el compareciente quedará en manos de la sala de reconocimiento para que cumpla con sus obligaciones en el marco del caso 001.

Esta decisión tiene los respectivos recursos de apelación y reposición, sin embargo, dado que este fallo es complejo y está resumido en 90 páginas, las partes, es decir la Procuraduría y la defensa del compareciente, pidieron que la audiencia sea retomada otro día para hacer las respectivas observaciones al fallo, esta será retomada el próximo viernes 3 de mayo a las 8 de la mañana.

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