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CERRAR

Corte ordenó al Cerrejón proteger a comunidad wayuu y al medio ambiente

Cerrejón tiene un mes para controlar las emisiones y así mejorar la calidad del aire, disminuir el nivel de ruidos, entre otras labores.

La Corte Constitucional ordenó a la empresa Cerrejón proteger los derechos a la vida, la integridad, la salud y el medio ambiente del pueblo wayuu, en especial del resguardo Provincial, que está más cerca a la mina a cielo abierto donde la multinacional explota carbón.

Según los demandantes, las actividades de extracción a cielo abierto no se detienen a ninguna hora lo que ha ocasionado ruidos constantes, temblores por las explosiones, el polvillo de carbón que llega hasta sus casas, el olor a azufre o a carbón quemado que a la vez ha ocasionado que el agua esté contaminada, la población hacinada y con distintas enfermedades.

Explican los demandantes que basándose en un estudio de la Universidad del Sinú y la Universidad de Rio Grande do Sul de Brasil, se detectó que “los habitantes del corredor minero mostraron altas concentraciones de cromo, níquel, manganeso y bromo en la sangre".

Por estas razones, Cerrejón tiene un mes para controlar las emisiones y así mejorar la calidad del aire, disminuir el nivel de ruidos, además de realizar las labores de limpieza exhaustivas de polvillo de carbón en las viviendas del resguardo, los pozos de agua que utilizan sus habitantes y en la vegetación circundante, al igual que se le solicita que impida la contaminación de fuentes hídricas, por la acción de aguas de escorrentía que provienen de la mina u otras zonas utilizadas por la empresa.

Además, el Ministerio de Ambiente y El Cerrejón deben “acordar un estándar (…) que tenga en cuenta las particularidades de las operaciones extractivas de carbón a cielo abierto y la protección efectiva de los derechos fundamentales de la comunidad accionante”, señala el fallo.

Por su parte, la multinacional aseguró que las emisiones de material están identificadas y controladas contando con “los más altos estándares a nivel nacional e internacional”, por lo que en su concepto no había “bases científicas sólidas para acreditar los supuestos daños ambientales".

A su vez, el Estado defendió la mina abierta aseverando que las partículas que se dispersan en el aire por la extracción de carbón no superan los límites permisibles establecidos.

Sin embargo, para la Corte Constitucional quedó claro que los indígenas del resguardo Provincial sí están en riesgo, "existe un peligro real de que se generen o se sigan generando daños al ambiente y a la salud humana", por lo que no acogió la respuesta del Estado ni de la multinacional y además reiteró su llamado de protección a las comunidades indígenas en todo el país.

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