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Conceden libertad al exministro de Salud Diego Palacio

El juez 29 de ejecución de penas otorgó la libertad al, exministro de protección social Diego Palacio Betancourt quien fue condenado por la llamada Yidispolítica.

Por: Colprensa

En las últimas se conoció la decisión del juez 29 de ejecución de penas de Bogotá quien le otorgó la libertad al exministro de Protección Social Diego Palacio Betancourt condenado por la llamada 'Yidispolítica'.

Palacio fue condenado a seis años de prisión por el delito de cohecho, y se argumentó en su momento que el mismo se concretó por haber ofrecido prebendas a cambio de votos para asegurar la reelección del expresidente y hoy senador Álvaro Uribe Vélez.

La pena en contra de Palacio fue impuesta por la Corte Suprema de Justicia. Para la época también fue condenado el entonces ministro Sabas Pretelt de la Vega y el exdirector del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, Alberto Velásquez Echeverri, todos cobijados por el mismo proceso ‘Yidispolítica’.

Según la Corte Suprema de Justicia los exministros dispusieron del poder que les conferían sus altos cargos para pagar, con una serie nombramientos, el voto favorable de la exrepresentante a la Cámara Yidis Medina, lo mismo que por la ausencia de recientemente fallecido Teodolindo Avendaño, él se abstuvo de participar en la votación en la madrugada en que la reelección de Uribe para un segundo periodo se dio.

“Los tres acusados –concluye la Corte– actuaron mancomunadamente, guiados por el mismo propósito: procurar disipar el quorum de los 18 congresistas que apoyaban la solicitud de archivo, y prevalidos de su condición de miembros del equipo de Gobierno y conocedores del interés que el Presidente de la República esperaban que la reelección presidencial cumpliera satisfactoriamente el trámite legislativo en el Congreso”.

En ese sentido, se precisa que para conseguir el referido fin los ministros “le hicieron ofrecimientos a Yidis Medina y a Teodolindo Avendaño de los cargos que podían estar disponibles, para asignárselos en pago, a la primera, con el fin de realizar un acto contrario a sus funciones y, al segundo, para que lo omitiera”, señaló la Corte en su momento.

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