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Consejo de Estado fijó fecha para audiencia sobre viabilidad del fracking

A finales del año 2018, el alto tribunal había decidido suspender los pilotos de dicha actividad como una medida cautelar.

El magistrado ponente sobre el caso de la viabilidad o no del fracking, Ramiro Pazos, decidió fijar la audiencia para estudiar la discusión el próximo jueves 20 de agosto. Así lo anunció la Sección Tercera del Consejo de Estado. Después de haber sido aplazada dos veces, debido a la emergencia sanitaria y económica que causó el Covid-19, en la audiencia en la que participarán la academia, expertos, el gremio, el Gobierno y otros actores interesados, se analizarán los estudios relacionados con este tipo de explotación de petróleo.

A finales del año 2018, el alto tribunal había decidido suspender los pilotos de dicha actividad como una medida cautelar. Desde entonces, se han realizado múltiples pruebas, como recaudo de testimonios de expertos y la elaboración de dos estudios al respecto por parte de peritos de la Universidad Nacional. Esos son los informes que deben ser presentados en la audiencia.

El Consejo de Estado admitió dar trámite a una demanda, que busca que se anule el decreto por medio del cual se fijaron los lineamientos para adelantar los proyectos piloto, de investigación integral sobre yacimientos no convencionales de hidrocarburos, utilizando la técnica de fracturamiento hidráulico conocida como ‘fracking’. La decisión obedeció a una demanda de nulidad por inconstitucionalidad que se presentó contra esta disposición.

El alto tribunal admitió estudiar un recurso que pide anular el Decreto 328 del 28 de febrero de 2020, con el que el Ministerio de Minas estableció las condiciones generales y requisitos para iniciar los pilotos de investigación integral sobre esa técnica. Para los accionantes, el acto administrativo vulnera el principio de precaución, en detrimento de los deberes del Estado de prevenir daños ambientales; el derecho de las personas a gozar de un medio ambiente sano, y el derecho a la participación libre e informada que deberían tener comunidades indígenas y tribales, a través de la consulta previa obligatoria que, según los firmantes de la demanda, debería exigirse frente a cada uno de estos proyectos.

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