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¿Pueden votar los migrantes venezolanos en las elecciones de octubre?

El 27 de octubre, se realizarán las elecciones de gobernadores, alcaldes, diputados, concejales y miembros de Juntas Administradoras Locales.

Por: Manuel Arias Naranjo

El próximo 27 de octubre, nuevamente los colombianos asistirán a las urnas, esta vez para las elecciones de autoridades regionales, gobernadores, alcaldes, diputados, concejales y miembros de las Juntas Administradoras Locales (JAL), para las cuales, desde el pasado mes de octubre de 2018 y hasta el 27 de agosto de 2019, la Registraduría Nacional del Estado Civil tiene abiertas las inscripciones de cédula de ciudadanía para aquellas personas que, desde el último proceso electoral (es decir, las elecciones presidenciales del año pasado), cambiaron su lugar de residencia a otro municipio del país.

Extranjeros que pueden votar

Las elecciones de autoridades regionales tiene una particularidad sobre los demás procesos electorales, debido a que son las únicas en las que los extranjeros, legalmente residenciados en el país, pueden ejercer su derecho al voto.

Se trata de un proceso reglamentado por la Ley 1070 del 2006, que en su artículo segundo determina: “Las elecciones en las que podrán participar los extranjeros residentes en Colombia serán las de alcaldes distritales y municipales, concejos distritales y municipales, y Juntas Administradoras Locales distritales y municipales en todo el territorio nacional”.

No obstante, para que un extranjero residente en el país pueda ejercer este derecho debe cumplir varios requisitos, entre ellos:

- Tener visa de residente de conformidad con las normas que regulen la materia.

- Acreditar como mínimo cinco años continuos e ininterrumpidos de residencia en Colombia.

- Poseer cédula de extranjería de residente.

- Estar inscrito en el respectivo Registro Electoral.

- No estar incurso en las inhabilidades constitucionales y legales.

Esta facultad para los extranjeros en las elecciones regionales está siendo abordada de manera especial por la Registraduría Nacional y las autoridades migratorias, debido a la gran cantidad de ciudadanos venezolanos, colombianos y colombo-venezolanos que han llegado al país en los últimos años, ante la crisis que vive el vecino país.

“Desde hace varios meses, la Registraduría tiene una atención especial en todas sus oficinas, pero particularmente en aquellas de frontera, para atender a los colombianos retornados de Venezuela, que están requiriendo sus documentos de identidad o a los venezolanos, hijos de colombianos que están demandando también sus documentos, sean registros civiles, tarjetas de identidad o cédulas de ciudadanía", explica el registrador nacional, Juan Carlos Galindo Vacha.

Lo anterior con el fin de identificar a esta población, pero además incluirla en los casos en los que la ley lo permite, en el censo electoral colombiano y que aquellos que sean mayores de edad puedan ejercer su derecho al voto.

Sin embargo, el registrador aclara que no es cierto que todos los ciudadanos venezolanos, que según los censos realizados por Migración Colombia, se estiman en cerca de un millón, puedan votar en las elecciones de octubre, en la medida que deben cumplir con los requisitos, antes mencionados.

¿Por qué no todos los extranjeros pueden votar?

Ante la avalancha de migrantes venezolanos que han llegado al país, las autoridades migratorias colombianas, con el fin de tener un control sobre su ingreso y brindarles garantías de permanencia, crearon el Permiso Especial de Permanencia (PEP), que permite a estas personas trabajar, estudiar y desarrollar cualquier tipo de actividad legal dentro del territorio nacional.

De todas formas, este documento no es una visa, no reemplaza el pasaporte y no es un documento de viaje válido, por lo cual, como lo aclaró el Registrador Nacional, no es un documento que les permita inscribirse en el censo electoral del municipio donde residan y mucho menos ejercer el voto.

Ante esta situación, el jefe de la Registraduría asegura que la entidad tiene una comunicación permanente con Migración Colombia y la Fiscalía General de la Nación para atender cualquier dificultad que se presente en la prestación de los servicios de identificación para aquellos ciudadanos extranjeros que lo requieran, y así validar casos anormales, irregulares o que presenten alguna atipicidad.

Galindo Vacha aclaró que los venezolanos, nacidos de padres colombianos, son, constitucionalmente, ciudadanos colombianos; por lo cual tienen el derecho a la cédula de ciudadanía, a ser incluidos en el censo electoral y a ejercer el derecho al sufragio en este o cualquier proceso electoral.

El funcionario asegura que en el proceso de inscripción de cédulas, por primera vez, la entidad está implementando un sistema completamente automatizado, que permite realizar un control biométrico para cada personas y validar en línea si los datos y documento de identidad corresponden al ciudadano que se acerca al puesto de inscripción.

La veeduría de la MOE

Por su parte, Alejandra Barrios, directora de la Misión de Observación Electoral, aclara que a pesar de las informaciones falsas que circularon en redes sociales, en el sentido de que los venezolanos podrían votar en el pasado proceso electoral para Presidencia de la República y que eventualmente se pueden reactivar para estas elecciones regionales, la organización no tiene información o indicios de que se esté presentado alguna irregularidad como falsificación o venta de documentos de identidad para estos extranjeros.

Sin embargo, barrios afirma que la MOE, en todo el país, está atenta a los riesgos electorales para lanzar las alertas oportunamente las alertas.

De acuerdo con la Registraduría Nacional, a corte del 31 de enero de 2019, en el país se habían inscrito para votar en las elecciones regionales de octubre próximo, únicamente 461 extranjeros residentes en el país.

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