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Corte ordenó protección de terrenos que rodean fuentes de agua del país

La corporación hizo este pronunciamiento tras anular el remate de un terreno que estaba ubicado en la ronda del río Tunjuelito de Bogotá.

La Corte Suprema de Justicia advirtió que, con el objetivo de proteger las fuentes hídricas en el país, todos los terrenos cercanos a estas son zonas especiales de protección y por lo mismo se debe garantizar su salvaguardia.

“Es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar las áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación para el logro de estos fines”, indicó.

Según el alto tribunal, si el terreno se encuentra hasta 30 metros cerca de estas fuentes hídricas son considerados zonas de especial protección y por lo tanto ni el Estado ni los ciudadanos pueden vender, comprar o rematar dichos terrenos, de lo contrario se estarían vulnerando los recursos naturales que la Nación debe proteger.

“Con el fin de salvaguardar el medio ambiente de daños irremediables, se impone el deber del Estado de planificar el aprovechamiento y manejo de los recursos naturales, con el fin de garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución; asimismo, dispone que le corresponde prevenir y controlar los factores de riesgo ambientales”, explicó la Corte Suprema.

La corporación hizo este pronunciamiento tras anular el remate de un terreno que estaba ubicado en la ronda del río Tunjuelito de Bogotá, el cual es una zona de protección ambiental por estar cerca de un caudal hídrico, y por lo tanto consideró que este tipo de espacios son inembargables y no pueden ser comercializados.

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