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Decreto permite habilitar sitios temporales para funcionamiento de URI

La normativa permite la adecuación, ampliación o modificación de inmuebles destinados a centros transitorios de detención.

El Ministerio de Justicia expidió un decreto con el cual se le autoriza a entidades territoriales adecuar otros lugares para la detención de personas que se encuentran en Unidades de Reacción Inmediata, esto con el fin de reducir riesgos por algún contagio de Covid-19 en las URI.

Según el decreto número 804 del 2020, la cartera de Justicia indicó que se le permite a las alcaldías y gobernaciones adelantar la adecuación, ampliación o modificación de inmuebles destinados a centros transitorios de detención. Para adelantar tales obras, solo se requiere la autorización de la autoridad municipal o distrital competente en materia de seguridad y convivencia.

El MinJusticia señaló que para el tema de la prestación de seguridad en los lugares, donde se adecuarán para disminuir el hacinamiento en estos centros de detención, se deberá también contar con los permisos y la autorización de las entidades encargadas de seguridad en los territorios.

De igual forma, se especificó en el decreto que las modificaciones de los sitios deberán ceñirse a todos los Planes de Desarrollo de las diferentes ciudades y municipios, y que estos centros transitorios podrán funcionar con personal temporal.

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