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Absuelven al Estado a pagar por ruptura del Canal del Dique en Atlántico

La Nación no deberá pagar 3,5 billones de pesos, por una demanda por una indemnización interpuesta por un grupo de ciudadanos.

El Tribunal Administrativo del Atlántico confirmó una sentencia que se había emitido en primera instancia, en la que decidía liberar al Estado de alguna responsabilidad por la ruptura del Canal del Dique, ocurrida por la ola invernal en noviembre del 2010. Así, la Nación no deberá pagar 3,5 billones de pesos, luego de que un grupo de ciudadanos hubiera puesto la demanda por una indemnización.

“En cuanto a la acreditación de la fuerza mayor como causal eximente de responsabilidad, que no es posible imputar responsabilidad a las entidades demandadas, puesto que el rompimiento del dique carreteable y la consecuente inundación fue producto de una situación irresistible por la imprevisible e inusual magnitud de la ola invernal presentada para los meses de julio a noviembre de 2010 ocasionada por el fenómeno atmosférico conocido como ‘La Niña’”, describió el Tribunal.

La ruptura del Canal del Dique, que ocurrió en jurisdicción del municipio de Santa Lucía en el Atlántico, causó la inundación de este último sumado a Campo de la Cruz, Repelón, Manatí, Candelaria, Suan y Sabanalarga, ubicados al sur de ese departamento.

Por estos hechos, 10.527 personas, mediante una Acción de Grupo, demandaron al Estado por los daños causados, derivados de una supuesta omisión de las entidades nacionales y territoriales al no aplicar las medidas administrativas suficientes y oportunas que evitaran ese desastre que los dejó sin vivienda.

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