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CERRAR

Se espera que más de 117 mil bumangueses declaren renta antes del 19 de agosto

Empezó el conteo regresivo para cancelar a tiempo este impuesto en la capital santandereana y el resto del país.

En 2016, 117.212 personas en Bucaramanga hicieron su declaración renta ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de Colombia (Dian). Los directivos aseguran que esperan superar la cifra de contribuyentes este año.

¿Quiénes deben declarar renta?

Antes del 19 de agosto, fecha en la que vencen los plazos, los ciudadanos que el año pasado registraron ingresos por más de 41.654.000 pesos, u obtuvieron un patrimonio o realizaron consignaciones bancarias por más $133.889.000, están obligados a cancelar este impuesto tributario.

Además, la declaración también la deben hacer las personas que realizaron compras con tarjetas de crédito, sacaron préstamos o compraron apartamentos, casas, lotes o automóviles por más de $83.308.000.

Doris Inés Barón Pinilla, directora de la seccional de la Dian en Bucaramanga, explica que “los usuarios deben estar atentos a los vencimientos, esto porque desde este 9 de agosto y durante 10 días, los dos últimos dígitos del Número de Identificación Tributaria (NIT), serán los determinantes para saber quiénes deben hacerlo y qué días”.

Para ello es necesario que cada persona que no esté al tanto de los documentos requeridos o de la tabla del calendario tributario, ingrese a la página www.dian.gov.co. “Allí recibirá orientación y asesoría para que ellos puedan hacer su declaración de manera ágil y fácil”, informó la funcionaria.

¿Qué documentos debe tener en cuenta?

  • El Registro Único Tributario (RUT), en el caso de no tenerlo, debe solicitarlo y revisar que la información detallada sea verás.
  • Los certificados de ingresos, como también de retenciones.
  • Si realizó una compra de inmueble tiene la obligación de adicionar la escritura.
  • Los pagos de medicina prepagada (si los realiza).
  • Además, en dado caso de haber adquirido un vehículo, tiene que anexar la factura o la declaración de los impuestos.
  • Adjuntar los pagos que efectuó por créditos hipotecarios o educación.

Finalmente, Barón Pinilla concluyó que “quieres no declaren dentro de los plazos mencionados tendrán dos tipos de sanciones: la primera es una por extemporaneidad, la cual será del 5% sobre el valor del impuesto mensual a pagar y, la segunda, será con intereses de mora del 29%”.

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