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Términos para entender las elecciones legislativas

A pocos días de las elecciones del Congreso de la República, explicamos algunos términos básicos que le ayudarán a entender mejor los resultados de las votaciones del próximo 11 de marzo.
Colprensa

Por: Colprensa.

A pocos días de las elecciones del Congreso de la República, explicamos algunos términos básicos que le ayudarán a entender mejor los resultados de las votaciones a Senado, Cámara, así como de las consultas interpartidistas, que se harán en paralelo a estos comicios.

Tarjeta electoral
Es aquella incluida en el kit electoral, a través de la cual los electores emiten su voto por un candidato o un partido político que se encuentra allí consignado y que hace parte de los inscritos para la elección. Para los comicios del 11 de marzo, a cada ciudadano que llegue a su puesto de votación se le entregará uno para Senado de la República y otro para Cámara de Representantes. Si quiere votar por las consultas interpartidistas tendrá que solicitarlo en la mesa asignada y solo podrá escoger una.

Voto en blanco
El voto en blanco, según lo estableció la Corte Constitucional, es “una expresión política de disentimiento, abstención o inconformidad, con efectos políticos que protege la libertad del elector” y es incluido en todas las elecciones públicas como un derecho de todos los ciudadanos a no estar de acuerdo con ninguno de los aspirantes o sus políticas.

Esta normativa estipula que si la mitad más uno de los votos son en blanco, la jornada electoral debe repetirse. Para el caso de la elección de presidente de la República, gobernadores y alcaldes, esta repetición debe hacerse con candidatos diferentes a los previamente inscritos. En el caso de los comicios a Senado y Cámara, se vuelve a realizar con las mismas listas, pero que logren un determinado número de votos en la jornada inicial.

Según Jaime Hernando Suárez, registrador delegado para los temas relacionados con elecciones, el voto en blanco no se le suma a ningún candidato, y “es completamente falso que estos votos vayan a adherirse a los aspirantes del partido Fuerza Alternativa del Común (FARC) o a cualquier otro”.

El registrador resaltó que “hay que tener en cuenta que en la tarjeta de Senado hay dos casillas de voto en blanco: una en el espacio de las curules nacionales y otra en las de comunidades indígenas. Para el caso de la Cámara de Representantes hay tres. Uno para cada circunscripción territorial, otra para las comunidades indígenas y una adicional para comunidades afrodescendientes. Se debe marcar un solo voto en blanco, porque si se tachan más, se anula el tarjetón”.

Voto nulo
La Registraduría tiene cinco categorías estipuladas para calificar votos como nulos: Cuando se marca más de una casilla de partido o movimiento político, cuando la marcación no permite que se identifique con precisión la intención del voto o por qué partido.

También se pueden anular votos cuando el elector señala el número del candidato, pero omite marcar el logo de un partido o movimiento político. De igual forma, cuando el elector marca más de una casilla en blanco o cuando marca un voto por un partido o movimiento y una casilla en blanco.

Los votos son válidos cuando se marca sólo el logosímbolo de un partido o movimiento político, con o sin voto preferente, o si se marca el logo de un partido o movimiento político con voto preferente (lista abierta) y se marca una casilla de los números de los candidatos.

“Cuando se marca el logosímbolo de un partido o movimiento político sin voto preferente y se marca una casilla de los números de los candidatos. En este caso el voto no se anula sino que se suma a la lista marcada. Si se marca el logosímbolo de un partido o movimiento político y un número de candidato no inscrito el voto se suma a la lista marcada”, dice la Registraduría.

Cuando se marca el logosímbolo de un partido o movimiento político con o sin voto preferente y se marcan dos o más casillas de los números de los candidatos, el voto se suma únicamente a la lista marcada.

Escrutinio
En Colombia el escrutinio consiste en contar y consolidar los votos depositados en las urnas por cada uno de los candidatos o listas, una vez se cierre la jornada electoral a las 4:00 de la tarde. Para este fin se crean comisiones escrutadoras que se encargan de verificar y vigilar el proceso.

“Hay un escrutinio de mesa que hacen los jurados de votación cuando se cierran las urnas. Abren las urnas y empiezan a contar los votos que depositaron los colombianos. Este proceso luego es verificado para consolidar la información”, agregó el registrador.

El escrutinio es digitalizado y subido a la página web de la Registraduría Nacional para que la ciudadanía pueda ir verificando el proceso de conteo de votos.

Umbral
El registrador Jaime Hernando Suárez define el umbral electoral como el mínimo de votos que debe obtener un partido o movimiento político para poder acceder a la distribución de curules al Congreso de la República.

Para Senado, este umbral es del 3 % de los votos válidos. Es decir, que para que los partidos entren a la disputa por las curules, deben sacar como mínimo este porcentaje de apoyo. En la Cámara el umbral es el 50 % del cociente electoral de cada departamento.

Cociente electoral
Es una en operación matemática que divide el número de votos válidos entre el número de curules a proveer. Para el próximo periodo legislativo el Senado tendrá 108 curules y la Cámara 172.

Cifra repartidora
Es el siguiente paso que se realiza una vez definido el umbral electoral. Se calcula a través de una operación aritmética, teniendo en cuenta los partidos que obtuvieron mayor votación y el número de escaños disponibles.

Se ordenan en una matriz de mayor a menor los partidos que superaron el umbral de votos previamente calculado, luego, cada votación se divide por los números de curules. El menor resultado de esta operación es lo que se denomina cifra repartidora.

Finalmente, para asignar las curules se toma el número de votos de cada lista de partido y se divide entre la cifra repartidora.

Consultas interpartidistas
Para el caso de las consultas, el registrador delegado para elecciones aclara que “es el ciudadano votante quien debe solicitar el tarjetón de la consulta en la que quiere participar”, a diferencia del de Senado y Cámara, que lo entrega el jurado.

En las interpartidistas solo se puede votar por una de las dos: la que conforman Iván Duque, Marta Lucía Ramírez y Alejandro Ordóñez; o la de Gustavo Petro y Carlos Caicedo.

“El tarjetón es fácil de marcar porque viene una casilla con el nombre del candidato y otra con el del partido que lo presentó. Se puede tachar en la foto del aspirante o en el logo del partido. Recomendamos que sea una (x), pero cualquier tipo de marcación es válida. Esto es importante tenerlo en cuenta porque si la persona marca con una (x) la imagen del candidato por el que quiere votar, pero escribe insultos o cualquier figura sobre otro, se anula el voto”, dijo Hernando.

Delitos electorales
El código penal colombiano tiene tipificados 16 delitos electorales que son castigados con penas privativas de la libertad, que van desde cuatro hasta doce años, y con multas desde los 50 salarios mínimos hasta los 1200.

Entre estos delitos están aquellos relacionados con la perturbación de las elecciones; amenaza al sufragante para que vote por algún candidato o partido; fraude electoral; compra de voto; suplantación de identidad o retención de la misma; alteración de los resultados; tráfico de votos; financiación indebida de campañas, y violación de topes de campañas publicitarias.