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JEP acusa a ocho excomandantes de las Farc por secuestro

La Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), determinó acusar por delitos de secuestro a ocho exintegrantes del secretariado de las extintas Farc, que por decisión de ese tribunal, ahora empezará a llamarse “Toma de rehenes y otras graves privaciones de la libertad".

La Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), determinó acusar por delitos de secuestro a ocho exintegrantes del secretariado de las extintas Farc, que por decisión de ese tribunal, ahora empezará a llamarse “Toma de rehenes y otras graves privaciones de la libertad".

“El objetivo de esta providencia es verificar que existen bases suficientes para entender que: (i) los hechos aquí relatados efectivamente existieron; (ii) no son conductas amnistiables según el Acuerdo Final de Paz, la Ley 1957 de 2019 y la Ley 1820 de 2016; y (iii) quienes fueron miembros del Secretariado de la extinta guerrilla de las FARC-EP participaron en estas conductas", se lee en el Auto No. 19 de 2021, que se ha considerado el hecho más importante desde la creación de la JEP.

Esta providencia, según explica el documento, busca materializar uno de los fines constitucionales de la Sala de Reconocimiento de la JEP, que es ofrecer verdad a las víctimas y a la sociedad colombiana, contribuyendo al esclarecimiento de la verdad del conflicto armado y la construcción de memoria histórica.

Los imputados individualizados en el documento son:

- Rodrigo Londoño Echeverry, 'Timochenko'.
- Jaime Alberto Parra, ‘El Médico’.
- Miltón De Jesús Toncel, ‘Joaquin Gómez’.
- Juan Hermilo Cabrera Díaz, ‘Bertulfo Álvarez’.
- Pablo Catatumbo Torres Victoria.
- Pastor Lisandro Alape Lascarro.
- Julián Gallo.
- Rodrigo Granda.

Los exguerrilleros mencionados anteriormente fueron acusados como coautores de los crímenes de privaciones de la libertad y desaparición forzada, homicidio y por responsabilidad de mando, algunos fueron acusados de torturas, violencia sexual y atentados a la dignidad personal.

Pablo Catatumbo fue el único señalado como autor del crimen de graves privaciones de la libertad, homicidio, crimen de lesa humanidad de desaparición forzada como comandante, desde 2011, del Comando Conjunto Central y al Comando Conjunto o Bloque Occidental de las Farc-EP, durante la implementación de la política de privar de la libertad a civiles como parte de las dinámicas de control social y territorial.

La JEP indicó que los comparecientes tendrán un plazo máximo de treinta días hábiles, contados a partir de la notificación de esta decisión, para decidir si reconocen o no su responsabilidad. Igualmente, dentro de este mismo término, podrán pronunciarse y aportar pruebas respecto de los hechos y conductas determinados en la providencia, así como sobre su participación individual en estos. Asimismo deberán responder los requerimientos individuales formulados por las víctimas.

Si aceptan los delitos, no tendrían cárcel y el proceso pasa al Tribunal de Paz para recibir penas restaurativas como desminado y obras reparadoras para las víctimas. Si no aceptan los cargos, se exponen a penas de hasta 20 años de cárcel y la JEP pasa el caso a la Fiscalía, que es la Unidad de Investigación y Acusación de la JEP, la cual deberá investigarlos y llamarlos a juicio.

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