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JEP concede libertad condicional al alcalde electo de Puerto Caicedo

JEP manifestó que al alcalde electo de Puerto Caicedo (Putumayo), Edgardo Figueroa se le concedió la libertad condicional.

Por: Colprensa.

La presidenta de la Justicia Especial para la Paz JEP, Patricia Linares, manifestó que al alcalde electo de Puerto Caicedo en el departamento del Putumayo Edgardo Figueroa se le concedió la libertad condicional, quien había sido condenado en el 2016 a 11 años de cárcel por transportar 215 kilos de cocaína en una ambulancia.

Esta decisión le va a permitir posesionarse como alcalde el primero de enero del 2020, según lo establecido por la misma presidenta de la JEP.

Igualmente, la misma decisión le da la posibilidad de obtener la amnistía que la justicia ordinaria le negó, quien manifiesta que Figueroa, nunca demostró pertenecer a las Farc ni mucho menos que la droga que transportaba era de propiedad de la entonces guerrilla de izquierda.

La libertad condicional la adoptó la Sección de Apelación de la JEP y en contravía de lo que ya había dicho otra sala de esa justicia transicional, señaló Linares.

Para varios entendidos esto demuestra el choque de visiones dentro de la JEP y abre una discusión sobre los beneficios que pueden tener sus comparecientes.

Candidato avalado por el ASI

El médico Figueroa logró obtener el aval como candidato a la alcaldía de Puerto Caicedo, por el partido de la Alianza Social Independiente, porque cuando se firmó el Acuerdo de Paz en La Habana, logró que las Farc lo incluyeran en los listados de desmovilizados que avaló la Oficina del Alto Comisionado.

El reconocido médico y concuñado del cuestionado electo gobernador Buanerges Rosero Peña del mismo partido ASI, señalo que él fue colaborador de Frente 32 de las Farc, y por ello la misma guerrilla lo inscribió en los listados donde reconocen la colaboración que él como profesional de la medicina le brindó a los integrantes de ese frente.

La misma guerrilla de las Farc lo nombró como uno de los 709 “gestores de paz” que salieron de la cárcel a hacer pedagogía del Acuerdo. Lo mandaron al espacio territorial de La Carmelita, en Puerto Asís, Putumayo.

Eso significó la suspensión temporal de la condena y de las inhabilidades que tenía para hacer política, mientras la JEP definía si podía juzgarlo como exguerrillero o debía devolver su expediente a la justicia ordinaria.

Pero esa condición quedó en el limbo desde agosto de 2018, cuando se acabó la figura de los gestores de paz.

La Sala de Amnistía e Indulto de la JEP manifestó en su momento que el caso no podía ser aceptado, porque a pesar de que había sido acreditado como exguerrillero en los listados de las Farc, los delitos por los que fue condenado no tenían relación con el conflicto.

La misma sala no encuentra ningún elemento que le permita inferir siquiera de manera razonable que las conductas de concierto para delinquir agravado y fabricación, tráfico y porte de estupefacientes por los cuales se condenó al señor Figueroa Ramírez hayan sido cometidos en condición de integrante de la extinta organización Farc EP, y bajo alguna relación con el conflicto armado interno.

Por eso, ordenó regresar el caso al juzgado de San Gil, Santander, que lo había condenado para que lo requiriera de nuevo, y abrió la puerta para determinar si Figueroa era un ‘colado’ en busca de beneficios jurídicos.

Lo que de comprobarse lo dejaría sin la Alcaldía porque debía cumplir la condena pendiente. Pero Figueroa apeló y la misma JEP le dio la razón hace unos días.

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