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Consulta previa es un derecho fundamental de los pueblos indígenas

Así lo afirmó el alto tribunal, debido a la diversidad de estos grupos y su presencia en el país.

La Corte Constitucional resaltó que la consulta siempre se debe activar cuando se involucre la afectación directa de un grupo étnico, "dada la diversidad de estos grupos y su presencia a lo largo del territorio nacional, este derecho fundamental es objeto de reclamación permanente".

Señaló el alto tribunal que, solo en 2018, el derecho a la consulta previa fue invocado 171 veces en tutelas radicadas ante la Corporación, y en los seis primeros meses de este año se han registrado 92 casos.

"En un alto porcentaje las tutelas en las que se solicitó la protección del derecho a la consulta previa, también se pidió el amparo de derechos al debido proceso, derecho de petición, igualdad, identidad cultural y ambiente sano", explicó la Corte.

Las zonas del país donde más se tuteló el derecho a la consulta previa fue La Guajira con 25 tutelas, en Antioquia 21, Bogotá con 20 y Bolívar con 13.

Las entidades más demandadas fueron los ministerios del Interior, Ambiente y Educación, así como la Unidad Administrativa Especial Para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas.

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