Pasar al contenido principal
CERRAR

Bogotá: 4 medidas para aplicaciones de domicilios y domiciliarios

Los controles se inician hoy, sábado 20 de marzo.

La Alcaldía de Bogotá publicó el Decreto 082 del 19 de marzo de 2021, por medio del cual se dictan medidas para fortalecer la seguridad y garantizar el adecuado uso del espacio público por parte de las aplicaciones de entrega de domicilios en Bogotá.

“Se establecieron unos requisitos de identificación que serán portados por todos los domiciliarios en Bogotá, identificación de su vehículo, identificación individual que serán contrastadas con una verificación en tiempo real. En los puestos de control de la Policía se podrá verificar si una persona que dice ser domiciliario efectivamente se encuentra activo en una plataforma de domicilios”, señaló el Secretario de Gobierno de Bogotá, Luis Ernesto Gómez.

El decreto surgió de un proceso de concertación con distintas empresas de tecnología (Rappi, Domicilios.com, Mensajeros urbanos, IFood) donde se establecen unos estándares para el uso del espacio público, que evite aglomeraciones y que dote de infraestructura sanitaria a los domiciliarios.

La Alcaldía otorgó un mes de plazo para que los trabajadores de domicilios estén completamente identificados y tres meses para la creación de infraestructura.

El decreto que entrará en vigencia a partir de este sábado 20 de marzo establece las siguientes medidas:

1) Identificación digital.

Las empresas de intermediación tecnológica en la ciudad de Bogotá deberán contar con una base de datos de registro de sus domiciliarios que cuente con los datos de identificación de estos y que le permita validar a Policía la condición de activo en la prestación del servicio.

Dicha identificación deberá contener: nombre completo del domiciliario, plataforma en la cual se encuentra activado, número de documento de identificación, placa de la motocicleta o del registro de bicicleta según sea el caso, número de contacto, correo electrónico y número de afiliación o activación de acuerdo a cada plataforma.

La Policía Metropolitana de Bogotá podrá solicitarles a los domiciliarios que comprueben en línea el estado de conexión a la plataforma tecnológica, donde verificará su condición de domiciliario activo.

2) Registro de bicicletas

Los domiciliarios ya inscritos en las empresas de intermediación tecnológica deberán realizar la inscripción de sus bicicletas dispuestas para desarrollar la labor de domiciliarios en el "Registro Bici Bogotá" de la Secretarla Distrital de Movilidad.

Las empresas de intermediación tecnológica se abstendrán de activar domiciliarios en bicicleta que no demuestren el registro de su bicicleta en sistema de "Registro Bici Bogota"

3) Identificación física

El decreto establece que los domiciliarios deberán contar con distinción visible que indique a cuál la plataforma pertenecen.

La identificación deberá ser visible en los maletines y en la placa de la motocicleta o el serial otorgado por el sistema de "Registro Bici Bogotá".

4) Restricción de acompañante o parrillero

Desde el 20 de marzo hasta el 31 de diciembre de 2021 el tránsito de motocicletas con acompañantes en serivicios domiciliarios está prohibido.

ETIQUETAS