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Duque tendrá ocho días para hacer cumplir medidas de protección en las cárceles

En este plazo el presidente deberá hacer cumplir las ordenes proferidas por la corporación, que garanticen los derechos humanos de la población carcelaria.
Presidente Iván Duque
Foto: Colprensa
María Camila Idrobo

La Corte Constitucional le otorgó ocho días al presidente Iván Duque para que asegure el cumplimiento de las órdenes proferidas por esa Corporación, en el marco del seguimiento del Estado de Cosas Inconstitucional en materia de cárceles.

“El presidente de la República tiene las potestades necesarias y la ascendencia requerida, como jefe de Gobierno, Suprema Autoridad Administrativa y articulador de la política criminal, para instar al ministro de Justicia y al director del Inpec, o a cumplir por sí mismo, las órdenes proferidas por esta Corporación”, explicó la Corte.

El alto tribunal enfatizó que tomó la decisión ya que el Ministerio de Justicia y el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec), no han dado cumplimiento a las órdenes que ha dado para garantizar la protección de la población reclusa en el país.

Por ejemplo, destacó la corporación que, aunque solicitó al Inpec acceder a información relacionada con las condiciones de vida en reclusión de la población privada de la libertad y requirió ingresar a determinados establecimientos penitenciarios y entrevistar virtualmente a algunos de los detenidos, la entidad pública no respondió su petición.

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Por su parte, la Defensoría del Pueblo también informó que, desde mediados de octubre de 2018, el cuerpo de vigilancia del Inpec le ha impedido ingresar a algunos centros de reclusión del país y no le permite el uso de cámaras y equipos de registro fotográfico y electrónico pese a que estos elementos son indispensables para las labores de verificación de las condiciones de reclusión.

El Ministerio de Justicia por su parte señaló que el Inpec es el competente para dar respuesta a los requerimientos de la Corte y de la Defensoría, pues son los encargados del acceso a los establecimientos y a la información solicitada, lo que para el alto tribunal es una “postura que muestra indiferencia y desinterés por la garantía de los derechos fundamentales de las personas privadas de la libertad, por el seguimiento que adelanta la Corte y por la superación del estado de cosas inconstitucional”.

Adicional a estos hechos, advirtió la corporación que “persisten obstáculos para el ingreso físico y virtual a los centros carcelarios por la ausencia de una regulación específica para el acceso a la información en materia carcelaria y penitenciaria, y el ingreso a los establecimientos de reclusión de los órganos de control y las entidades encargadas de realizar el contraste a los informes del Gobierno Nacional”.

Ante estos hechos, advirtió la alta corte que el presidente “deberá cerciorarse que las autoridades concernidas en cada orden expidan o, en su defecto, expedir directamente, una regulación específica y clara sobre el acceso a la información que comprenda el ingreso, físico y virtual, a los centros de reclusión de los agentes concernidos en este seguimiento y, el acceso a la documentación que precisen. Debe tener en cuenta que su ingreso no requerirá cita previa y los interesados podrán acceder a todos los espacios de los establecimientos de reclusión. Además, podrán llevar consigo los elementos electrónicos que requieran”, indicó la Sala.

Finalmente, la Corte Constitucional también ordenó compulsar copias a la Procuraduría General de la Nación para que defina si procede la apertura de investigación disciplinaria en contra de funcionarios del Ministerio de Justicia y del Inpec por el incumplimiento de las órdenes proferidas por esa Corporación.

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