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Por orden de la Corte, Arturo Char será trasladado a batallón en Barranquilla

La Corte investiga a Char por presuntamente ser parte de un entramado de compra de votos en el Atlántico.
Arturo Char será trasladado a batallón en Barranquilla
Foto: Colprensa
Colprensa

La Corte Suprema de Justicia, ordenó el traslado del exsenador Arturo Char, desde la cárcel la picota en Bogotá, para que sea recluido en batallón paraíso del Ejército Nacional ubicado en Barranquilla.

Según fuentes consultadas por Colprensa, esta decisión fue tomada por la magistrada Cristina Lombana, al resolver una petición de la defensa del exsenador, quien está recluido por corrupción electoral.

El documento ya llegó al Instituto Nacional, Penitenciario y Carcelario (INPEC), quienes aseguraron a este medio estar en la espera de realizar el traslado si el Ejercito confirma que existe un cupo en la zona militar para la recepción de Arturo Char.

Cabe resaltar que el pasado primero de diciembre del año en curso, la Corte Suprema ordenó que el exsenador continuará recluido en la cárcel la Picota, en Bogotá, mientras adelanta su proceso contra la justicia por la compra de votos. Esto con el argumento de que se mantienen los fines constitucionales que justifican que el exsenador siga tras las rejas.

“Sigue siendo necesaria para asegurar su comparecencia, evitar su evasión y garantizar el desarrollo del proceso, evitando la posible alteración o manipulación de pruebas”, aseguraron en su momento.

Este pronunciamiento se dio luego de una solicitud de la defensa de Char, quien pedía la revocatoria de la medida de aseguramiento o que se le cambiará por una sustitución por una medida no privativa de la libertad. Sin embargo, estas peticiones fueron negadas por el Alto Tribunal.

La Corte investiga a Char por presuntamente ser parte de un entramado de compra de votos en el Atlántico, en el que se beneficiaron él, su fórmula a la Cámara en 2018 —Lilibeth Llinás—, y la condenada excongresista Aida Merlano.

"La determinación también obedece al comportamiento del investigado que pone en duda su normal comparecencia al proceso, así como a riesgos advertidos en la práctica probatoria y en la actividad investigativa", subrayó el Tribunal.

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