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CERRAR

Consejo de Estado pide cambios al protocolo de prevención del Covid en cárceles

El alto tribunal al tumbar una parte de una resolución del ministerio que estableció el protocolo de bioseguridad en las cárceles.

El Consejo de Estado advirtió que las personas sospechosas de haber contraído Covid-19 en las cárceles del país no podrán ser mezcladas con los pacientes que se encuentren aislados por tener infección respiratoria que no haya sido diagnosticada. Este es uno de los ‘peros’ al protocolo de prevención del coronavirus en los penitenciarios que emitió el Ministerio de Salud.

Así lo determinó el alto tribunal al tumbar una parte de una resolución del ministerio que estableció el protocolo de bioseguridad en las cárceles. Advirtiendo que tal como está, “el Estado crearía escenarios de contagio, poniendo en riesgo la salud de los privados de la libertad y olvidando su posición de garante y protector”.

Pues si bien es cierto que en la resolución se advierte que se prohíbe mezclar a personas positivas para Covid con quienes se encuentran bajo sospecha de haberla contraído, se deja abierta la posibilidad cuando se permite, como última medida, mezclar a personas con enfermedades respiratorias que no hayan sido diagnosticadas y a los sospechosos de haberse contagiado de coronavirus.

Además, advierte el Consejo que los trabajadores de los establecimientos de reclusión no están obligados a informar qué personas y lugares han visitado en los últimos días, ya que, aunque es necesario identificar posibles contactos con personas contagiadas, para detener la transmisión del virus no se puede afectar el derecho a la intimidad de las personas.

“Se declaró la nulidad de la expresión las personas y lugares visitados, fecha, lugar, nombre de las personas o número de personas con las que se ha tenido contacto en los últimos 10 días”, explicó la corporación.

Adicionalmente, la alta corte estableció que las visitas físicas a los privados de la libertad no pueden ser prohibidas o abolidas indefinidamente, menos en el caso de los abogados, servidores públicos, y colaboradores externos que “deben acogerse a las medidas de bioseguridad para asistir a las cárceles", aclaró el fallo.

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