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Por irregularidades en contratos, Corte Suprema condenó a exgobernador del Cesar

El exmandatario tendrá que pagar más de cuatro años de prisión domiciliaria y cinco de inhabilitación por el delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales.
Corte Suprema condenó a exgobernador del Cesar: ¿por qué?
Foto. Colprensa
Colprensa

La Corte Suprema de Justicia anunció su sentencia condenatoria contra Rodrigo Canosa Guerrero, el segundo gobernador encargado del Cesar en 2007 luego de que apartaron del cargo a Hernando Molina por parapolítica.

De acuerdo con la Sala Especial de Primera Instancia, cuando Canosa (escrito también como 'Canoso' en un comunicado del órgano judicial) gobernó el departamento entre julio y diciembre de ese año, suscribió dos convenios, uno con la fundación Funarkgo ONG y otro con la Administradora Pública Grupo APC.

Ambos contratos buscaban aportar herramientas para la educación del Cesar. En el caso de Funarkgo, la idea era comprar libros para entregarlos a instituciones educativas del departamento, y por el lado de APC se buscaba brindar equipos a las salas de informática.

Sin embargo, según la Fiscalía y la Corte, se realizaron sin cumplir la normativa. El entonces gobernador "no dispuso acto alguno de verificación para comprobar la idoneidad de las empresas contratantes, en especial si su objeto social guardaba relación con el cometido contractual, lo cual condujo a celebrarlos con ONG’S no idóneas para el cumplimiento de las obligaciones propias de los contratos", según se lee en la sentencia.

Los contratos fueron suscritos bajo la modalidad de convenios de asociación. Pero, como su objeto era la compra de determinados bienes en vez del cumplimiento del objeto social de las organizaciones, la Corte determinó que eso es una irregularidad. Es decir, como ninguna de las dos organizaciones se dedica a la educación, se debía acudir a otro tipo de contratos que el que la Gobernación utilizó.

En el caso del convenio de asociación, explicó el alto tribunal, "el Estado a través del aporte de bienes o recursos impulsa y apoya específicamente la realización del objeto social propio de una entidad sin ánimo de lucro (...) en cuyo desarrollo no puede recibir beneficio directo alguno".

En otras palabras, "el objeto del convenio suscrito entre las partes (Estado y ente privado) no puede contener ningún beneficio material a favor del primero". Uno de esos beneficios podría ser excluir al ente estatal del ejercicio de sus funciones, algo que, de acuerdo con la Corte, estaba ocurriendo en el caso de Canosa.

Es decir, la administración de Canosa, en vez de asumir la compra con las reglas del Estatuto General de la Contratación de la Administración Pública, acudió a un tipo de convenio distinto que resultó irregular.

Sobre el documento con Funarkgo, "dado el objeto del mismo y su elevada cuantía, era obvio que se trataba de un contrato de compraventa y, por ende, no era posible su trámite y celebración bajo la normativa que finalmente se adelantó". El gasto fue de 3.7 mil millones más una adición de 1.8 mil millones.

Para la Corte, la actuación del exgobernador "permite inferir con claridad que la intención siempre estuvo encaminada a eludir las modalidades contractuales señaladas en el numeral 1 del artículo 24 de la Ley 80 de 1993".

Canosa intentó defenderse diciendo que quienes firmaron el contrato fueron sus subalternos. No obstante, la Sala de Primera Instancia determinó que no puede eludir su responsabilidad con esa excusa, porque ni siquiera cumplió con todas las normas al verificar el texto firmado.

El contrato de Grupo APC, por su parte, tuvo un monto de 2.25 mil millones de pesos. Al determinar su irregularidad, la Corte recalcó que, como ocurrió con el convenio de Funarkgo, "ningún acto de control idóneo materializó el acusado dirigido a observar la correcta actuación que le era exigible a sus subalternos".

"Es evidente que el comportamiento de Canosa Guerrero resulta reprochable", concluyó la Corte Suprema. La condena contra el exgobernador es de 54 meses de prisión domiciliaria, inhabilitación para ejercer cargos públicos por 66 meses y una multa de más de 46 millones de pesos.

En diciembre de 2007, cuando Canosa llevaba solo cinco meses de mandato, provisionalmente fue suspendido por la Procuraduría de Edgardo Maya, con decisión de Everardo Armenta, por la firma de los mismos contratos.

Ya en 2012 formalmente tuvo un fallo disciplinario en su contra. “Limitó la participación de otras personas naturales y jurídicas, que, con mayor experiencia e idoneidad en el objeto contractual, hubieran podido hacer mejores ofertas a la entidad territorial”, señaló el Ministerio Público en cabeza de Alejandro Ordóñez.

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