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Medios de comunicación deben proteger a sus empleados de violencia sexual: Corte

La decisión se tomó tras la revisión de una tutela que realizó una periodista contra el medio de comunicación en el que laboraba.
Foto: Pixabay.
Colprensa

La Corte Constitucional emitió un fallo dirigido a los medios de comunicación, para que se protejan los derechos de los trabajadores o periodistas, a un ambiente libre de violencia y discriminación de género.

La decisión se tomó tras la revisión de una tutela que realizó una periodista contra el medio de comunicación en el que laboraba, en donde denunció que tras ser abusada sexualmente por uno de sus compañeros de trabajo (el hecho pasó fuera de las instalaciones de la empresa), no habría tenido acompañamiento del medio para superar lo ocurrido.

La Sala Séptima de Revisión, con ponencia de la magistrada Cristina Pardo Schlesinger, instó a los medios de comunicación a brindar rutas de atención, acompañamiento y apoyo claro y eficaz, con enfoque diferencial de género, a las víctimas que denuncien estos actos.

“Los casos que tengan relación con denuncias, quejas o reclamaciones por discriminación y/o violencia contra la mujer, tendrán que llevar un análisis centrado en el género, de acuerdo con el ordenamiento jurídico nacional e internacional”, dice el fallo.

La Corte también instó a los medios de comunicación a implementar una política pedagógica interna, que incluya la divulgación de los derechos humanos de las mujeres y la realización de talleres para capacitar a la totalidad del personal en temas de género, además de tener que adoptar un protocolo en el que se prevean rutas claras y efectivas de prevención, atención y acompañamiento en casos de violencia contra la mujer.

La jurisprudencia, además de solicitar al gobierno a ofrecer medidas efectivas en el acompañamiento a las víctimas, también aseguró que se deben implementar “canales seguros, ciertos, conocidos y efectivos para que se conduzca una debida investigación y sanción de los hechos que propicie que, quienes denuncien, se sientan empoderadas y legitimadas".

En tal virtud, las autoridades y los particulares deben contar con rutas y medidas claras, con protocolos de atención sensibles a la situación específica de las mujeres, a fin de garantizarles un procedimiento que proteja sus derechos, así como les brinde la confianza y la seguridad de que contarán con los medios de apoyo suficientes, para seguir adelante con su denuncia y que no serán estigmatizadas, humilladas o revictimizadas.

Estos protocolos de atención deben contener reglas en relación con al menos tres aspectos principales: el primero, es el cuidado inmediato o contención; así mismo la atención psicosocial y, por último, la asesoría jurídica a las víctimas.

La corte aseguró que “un aspecto central que no escapa a esta Corporación tiene que ver con las diferentes discriminaciones de que suelen ser víctimas las mujeres periodistas por su condición de género”.

En efecto, la participación de las mujeres en los medios de comunicación y el periodismo materializa, para la Corte, la igualdad de género y, al paso, fortalece la democracia.

La alta corte instó a los medios de comunicación a implementar medidas de sensibilización y alfabetización mediática y digital, con el propósito de crear conciencia acerca de la violencia contra las mujeres periodistas.

La Corte exhortó al Gobierno Nacional y al Congreso de la República para que adopten las medidas y adelanten las acciones indispensables, a efectos de lograr la ratificación y aprobación del Convenio C-190 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), sobre el acoso y la violencia en el mundo del trabajo.

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