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Corte ordenó ruta de atención para personas trans privadas de la libertad 

El alto tribunal aclaró que el protocolo deberá fijar lineamientos específicos para que el personal médico pueda atender en forma adecuada, oportuna e integral.
Ruta de atención para personas trans privadas de la libertad: Corte ordena ruta de ayuda
Idartes
María Camila Idrobo Munevar

La Corte Constitucional ordenó al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec) y a la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) elaborar una ruta de atención especial para las personas trans, privadas de la libertad, que solicitan la práctica de tratamientos médicos de afirmación de género. 

El alto tribunal aclaró que el protocolo deberá fijar lineamientos específicos para que el personal médico pueda atender en forma adecuada, oportuna e integral las necesidades en salud de las personas transgénero que se encuentran privadas de la libertad.

Asimismo, para la elaboración de la ruta, el Inpec y las Uspec, deberán tener en cuenta la evidencia científica disponible, las mejores prácticas identificadas en la materia, la participación de la población trans privada de la libertad y el Gobierno Nacional. 

“Las entidades deberán incluir un cronograma para la socialización y capacitación en el protocolo y la atención diferencial en salud para las personas trans para todas la IPS contratadas para la prestación del servicio de salud, tanto intramural como extramural, a la población privada de la libertad”, se lee en la decisión. 


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El pronunciamiento lo hizo la Corte tras conocer la tutela que presentó Tifanny, una mujer trans, privada de la libertad en una cárcel de Bucaramanga, quien empezó su tratamiento de afirmación de género, por orden médica, con hormonas en parche, sin embargo, una vez culminó el primer ciclo, volvió a solicitar el tratamiento en la farmacia del centro carcelario, sin tener respuesta alguna.

Para la Corporación, la falta de respuesta vulneró los derechos a la salud, la identidad de género, la libertad de expresión y la vida digna de Tifanny. 

“Existe una falla estructural que, si bien también se presenta en el sistema general de salud, se agrava al interior de los establecimientos penitenciarios en donde persiste una vulneración masiva de múltiples derechos y, de por sí, un acceso muy limitado y precario a servicios de salud”, indicó la Corte. 

Adicionalmente, el alto tribunal le recordó al ministerio de Salud que desde 2022, debió expedir una guía de práctica clínica, con protocolos, para la atención en salud de las personas trans y, particularmente, para el suministro de los procedimientos médicos de afirmación de género.

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