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Así funcionará el pico y placa en Bogotá del 4 : consulte si puede circular

Durante la semana del lunes 4 al domingo 10 de agosto de 2025, la capital del país mantendrá las restricciones de pico y placa para vehículos particulares, taxis y transporte especial. Conozca en detalle los horarios, las placas habilitadas cada día y las sanciones en caso de incumplimiento.
Pico y placa Bogotá hoy: del 4 al 10 de agosto 2025
Foto: Movilidad Bogotá
Sary Tovar

Con el objetivo de mejorar la movilidad en la capital e incentivar medios alternativos como la bicicleta, la Alcaldía de Bogotá mantendrá la medida de pico y placa durante la semana del lunes 4 al domingo 10 de agosto. La restricción incluye a vehículos particulares, taxis y transporte especial, con horarios y esquemas de rotación específicos.

 Vehículos particulares

La restricción para carros particulares continuará bajo el esquema de rotación par e impar según el último dígito de la placa:

  • Lunes 4 de agosto: pueden circular placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0

  • Martes 5 de agosto: circulación habilitada para placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5

  • Miércoles 6 de agosto: pueden circular placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0

  • Jueves festivo 7 de agosto: no aplica la medida

  • Viernes 8 de agosto: pueden circular placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0

  • Sábado 9 y domingo 10 de agosto: no aplica la medida

El horario del pico y placa es de 6:00 a. m. a 9:00 p. m.


No te lo pierdas: Conoce la medida de pico y placa que regirá en Pasto del 4 al 8 de agosto de 2025


Taxis
 

Para los taxis y vehículos de transporte público individual, la restricción del pico y placa en Bogotá rige entre las 5:30 a. m. y las 9:00 p. m., de acuerdo con la siguiente rotación por último dígito de la placa:

  • Lunes 4 de agosto: pueden circular placas terminadas en 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8

  • Martes 5 de agosto: pueden circular placas terminadas en 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 0

  • Miércoles 6 de agosto: pueden circular placas terminadas en 1, 2, 5, 6, 7, 8, 9 y 0

  • Jueves 7 de agosto (festivo): no aplica la medida

  • Viernes 8 de agosto: pueden circular placas terminadas en 1, 2, 3, 4, 5, 6, 9 y 0

  • Sábado 9 de agosto: pueden circular placas terminadas en 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8

  • Domingo 10 de agosto: no aplica la medida

     


Lee también: Así será el pico y placa en Pereira y Armenia, del 4 al 8 de agosto de 2025


Transporte especial
 

La medida incluye automóviles, camionetas o camperos con capacidad para cuatro pasajeros, sin contar al conductor. Este tipo de vehículos también tiene restricción entre las 5:30 a. m. y las 9:00 p. m., pero con una rotación distinta a la de los taxis.

Así aplica del 4 al 10 de agosto de 2025:

  • Lunes 4 de agosto: pueden circular placas terminadas en 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8

  • Martes 5 de agosto: pueden circular placas terminadas en 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 0

  • Miércoles 6 de agosto: pueden circular placas terminadas en 1, 2, 5, 6, 7, 8, 9 y 0

  • Jueves 7 de agosto (festivo): no aplica la medida

  • Viernes 8 de agosto: pueden circular placas terminadas en 1, 2, 3, 4, 5, 6, 9 y 0

  • Sábado 9 de agosto: pueden circular placas terminadas en 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8

  • Domingo 10 de agosto: no aplica la medida}

Multa y sanciones

Los conductores que incumplan con la medida se exponen a una sanción de $711.750 pesos colombianos, además de la inmovilización del vehículo. Esta infracción puede ser impuesta directamente por agentes de tránsito o mediante cámaras de fotodetección.

Desde su implementación en 1998, el sistema de pico y placa ha buscado reducir la carga vehicular durante los días hábiles en Bogotá. A lo largo de los años, ha sufrido modificaciones para adaptarse al crecimiento del parque automotor y a los desafíos de 

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