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“El río Cauca es sujeto de derechos”: Tribunal Superior de Medellín

Según el fallo, esta fuente hídrica, su cuenca y sus afluentes, “tienen derecho a la protección, conservación, mantenimiento y restauración".

Tras una tutela interpuesta por el senador del Partido Alianza Verde, Juan Luis Castro, y el activista por el medio ambiente, Diego David Ochoa; el Tribunal Superior de Medellín declaró al río Cauca como sujeto de derechos. Según el fallo, esta fuente hídrica, su cuenca y sus afluentes, “tienen derecho a la protección, conservación, mantenimiento y restauración a cargo de Empresas Públicas de Medellín y del Estado”.

“Que el río sea sujeto de derechos, es como si fuera una persona, y tiene derecho a proteger sus afluentes, el agua, las formas de vida alrededor de vida y sus comunidades”, señaló senador Castro, quien a la vez que calificó este fallo como histórico.

En la medida se ordena la creación de una comisión de guardianes del río Cauca, la cual estará integrada por dos guardianes designados por la Procuraduría, y un equipo asesor conformado por un representante del Instituto Humboldt, la Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca, Corantioquia y representantes de la Academia.

Además, ordena a la Procuraduría General de la Nación, la Defensoría del Pueblo y la Contraloría entregar reportes semestrales de su gestión en la protección del río.

Así, el Cauca se convierte en el segundo río sujeto de derechos del país, junto al río Atrato. En el mundo, además de estos dos ríos colombianos, solamente han sido reconocidos como sujetos de derecho el río Whanganui en Nueva Zelanda y el Ganges en India.

“Lo que hace el fallo, básicamente es sentar jurisprudencia y conmina al Gobierno Nacional y a EPM para que protejan el río. Si cualquier cosa ocurre en deterioro de las comunidades alrededor del río o del río, el Gobierno Nacional y EPM están obligados a solucionar cualquier tipo de dificultad o situación que esté vulnerando los derechos del río Cauca y sus comunidades”, explicó Castro.

El parlamentario añade que el fallo cobija a todo el río Cauca, desde su nacimiento hasta el encuentro con el Magdalena, y no únicamente en su paso por la zona de influencia de Hidroituango. Indicó además que este fallo es definitivo y no es sujeto de ningún tipo de apelación, por lo que pasará a revisión de la Corte Constitucional para empezar a regir.

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