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Gobierno otorgará nacionalidad a niños venezolanos nacidos en Colombia

La medida se aplica a hijos de padres venezolanos nacidos en el país a partir de agosto de 2015.

El Gobierno Nacional, la Registraduría Nacional del Estado Civil, la Procuraduría General de la Nación y la Defensoría del Pueblo anunciaron la implementación de una resolución que le otorgará la nacionalidad a niños y niñas de padres venezolanos nacidos en Colombia a partir del 19 de agosto de 2015, y que se encuentran en riesgo de apatridia (sin nacionalidad de ningún Estado), como consecuencia de la migración procedente del vecino país.

La iniciativa, denominada ‘Primero la Niñez’, buscará garantizar el derecho fundamental de estos niños y niñas a contar con una nacionalidad.

El presidente Iván Duque, en compañía del canciller Carlos Holmes Trujillo, el procurador Fernando Carrillo, el defensor del Pueblo Carlos Alfonso Negret y el registrador nacional Juan Carlos Galindo, calificó esta medida como un esfuerzo interinstitucional y ejemplo de fraternidad y lección al mundo.

“Es un gran esfuerzo interinstitucional, nos unimos para decirle a esos 24 mil niños que han estado en esa situación, que prácticamente conducía a la apatridia, que hoy se les entrega la nacionalidad colombiana", señaló el mandatario.

Igualmente, el jefe de Estado celebró este paso en la atención a la crisis migratoria, generada por la llegada masiva de ciudadanos venezolanos a difrentes zonas del país.

“Hoy nosotros le cumplimos a esos niños que merecen la atención y el cariño de todo un pueblo, porque no son culpables de esa tragedia, y nos reafirmamos como nación en que Colombia al mundo le muestra que en estos momentos de dificultad prima la fraternidad”, afirmó Duque.

Cabe señalar que la medida se adoptó por parte del Estado colombiano en cumplimiento de los compromisos internacionales: la Convención Americana sobre Derechos humanos, la Convención sobre los Derechos de los Niños y la Convención para Reducir los Casos de Apatridia.

Foto: Cancillería.

La medida anunciada aplica en tres casos:

1. Para nacimientos ocurridos entre el 19 de agosto de 2015 y la fecha de expedición de la resolución que ya han sido registrados. En este caso, los padres no tienen que acercarse a la Registraduría. En un plazo de cuatro meses, la Registraduría actualizará todos los registros civiles para que incluyan la nota: ‘Válido para demostrar nacionalidad’, y los padres podrán solicitar una copia gratuita.

2. Nuevos nacimientos a partir de la expedición de la resolución. En este caso, los nuevos registros civiles serán expedidos con la nota: ‘Válido para demostrar nacionalidad’.

3. Nacimientos ocurridos entre el 19 de agosto de 2015 y el día de la expedición de la resolución que no han sido registrados. Para estos casos, se debe mostrar un Certificado de Nacido Vivo emitido en Colombia.

Así mismo, se excluye de la resolución a los consulados de Colombia en el exterior, teniendo en cuenta que los obstáculos insuperables que deben enfrentar los padres venezolanos, para la inscripción de sus hijos menores como venezolanos y acceder a la nacionalidad venezolana se limita al territorio nacional.

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