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Anuncian nuevas ayudas para campesinos y gestores culturales afectados por Covid-19

El Gobierno señaló que se han invertido 33 mil millones de pesos para el apoyo al transporte de frutas y hortalizas entre otros.

El ministro de Agricultura, Rodolfo Zea, explicó los alcances del decreto 813 en donde el Gobierno autorizó el pago de la prima de 220 mil pesos por empleado, para aquellos productores del campo que han visto una disminución de sus ingresos del 20 por ciento o más a causa de la pandemia.

Igualmente, confirmó que se han invertido 33 mil millones de pesos para el apoyo al transporte de frutas y hortalizas, entre otros.

Zea anunció que se lanzó la plataforma 'El campo a un clic' por medio de la cual los campesinos pueden vender de forma directa virtualmente.

Por su parte, la ministra de Cultura, Carmen Vásquez, anunció que el sector cultural tendrá nuevas medidas como la exclusión del IVA a los servicios artísticos, la disminución al 4 por ciento en la tarifa de retención en la fuente, y ampliación de plazos para declaración y pago de contribución parafiscal, entre otros.

“Atendiendo la situación generada por el Covid-19, el Gobierno Nacional expidió el Decreto 818 de 2020, que determina seis alivios tributarios y económicos para la mitigación del impacto de la pandemia en el sector cultura”, expuso la jefe de cartera.

El Decreto 818 de 2020 señala, además, que no estarán sujetos a retención en la fuente sobre el pago o abono en cuenta los estímulos públicos culturales otorgados por el Ministerio de Cultura; entidades departamentales, municipales y distritales responsables de la cultura, y el Fondo de Desarrollo Cinematográfico (Ley 814 de 2003).

También se excluye del pago de IVA los servicios artísticos para la realización de producciones audiovisuales de espectáculos públicos de las artes escénicas, entre el 1 de julio de 2020 y el 30 de junio de 2021.

Así mismo, se amplían los plazos para la declaración y el pago de la contribución parafiscal de espectáculos públicos de artes escénicas, correspondiente a la venta de boletería y entrega de derechos de asistencia que se realice con corte al 31 de diciembre de 2020, hasta el 30 de marzo de 2021.

Entre otros alivios tributarios anunciados a través de esta medida, se contempla el reembolso o devolución por venta de boletería y derechos de asistencia a espectáculos públicos de las artes escénicas cancelados, aplazados o reprogramados.

Finalmente, se determina que los productores ocasionales de espectáculos públicos de las artes escénicas no estarán obligados a constituir las pólizas para amparar el pago de la contribución parafiscal cultural.

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