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La DIAN cerró supermercado Jumbo por irregularidades en facturación electrónica

La sede de los supermercados estaba ubicada en el Centro Comercial Santafé, en el Norte de Bogotá.
Por irregularidades en factura electrónica, DIAN cierra supermercado jumbo
Crédito: Colprensa
Colprensa

En la tarde de este jueves, la DIAN procedió al cierre del establecimiento Jumbo, ubicado en el Centro Comercial Santafé de Bogotá, como resultado de su incumplimiento en la expedición de la factura electrónica.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) tomó esta medida, en su estrategia para asegurar el cumplimiento de las obligaciones relacionadas con la facturación electrónica.

Este incumplimiento puede resultar en sanciones económicas o incluso el cierre del establecimiento comercial. En este caso, se aplicó la medida de cierre por tres (3) días.


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La inspección realizada por DIAN reveló que Jumbo no estaba cumpliendo con lo establecido en el Artículo 13 de la Ley 2155 de 2021.

Según esta ley, los sujetos obligados a facturar pueden expedir tiquetes con sistema P.O.S. solo cuando la venta del bien o prestación del servicio no supere las cinco unidades de valor tributario, equivalente a $212.060 en el año 2023, excluyendo impuestos. Sin embargo, si el adquirente solicita una factura de venta, esta debe ser emitida.

Es esencial destacar que los únicos requisitos que los establecimientos deben solicitar a los compradores para emitir la factura electrónica son el nombre o razón social, la cédula o NIT y el correo electrónico.


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La DIAN invitó a los ciudadanos a denunciar cualquier irregularidad relacionada con la expedición de la factura electrónica a través de la línea WhatsApp 3108728457 o mediante el Sistema PQRS/Denuncias por terceros en el sitio web de la DIAN; estas denuncias pueden realizarse de manera anónima.

Finalmente, es importante destacar que el incumplimiento en la expedición de la factura electrónica por parte de los establecimientos obligados puede resultar en sanciones económicas que representan el 5% de los ingresos operacionales o el cierre temporal del establecimiento, según lo estipula la legislación vigente.

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