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Este miércoles habrá ‘día sin carro y sin moto’ en Ibagué

La jornada se realizará de 6:00 de la mañana a 8:00 de la noche.
Detalles sobre el ‘día sin carro y sin moto’ en Ibagué
Diana Maritza Guzmán Aldana.
Diana Maritza Guzmán Aldana

La 'capital musical' se alista para la segunda jornada del año que debió realizarse el pasado 20 de septiembre, pero por el desarrollo del ‘Campeonato Mundial de Patinaje Artístico’ el gobierno local decidió aplazar para no afectar la dinámica de la economía de la ciudad.

Por tal razón, la alcaldía definió como fecha el 22 de noviembre para dar cumplimiento al Acuerdo 009 del 22 de mayo de 2018, que estipula el ‘día sin carro y sin moto’, desde las 6:00 de la mañana hasta las 8:00 de la noche.

“Uno de los motivos del aplazamiento fueron las afectaciones comerciales producidas por el paro de los transportadores. Invitamos a todas las autoridades a participar en esta jornada que busca el mejoramiento de las condiciones del medio ambiente”, mencionó Miguel Saavedra, secretario de Movilidad (e).

Durante este día serán instalados puestos de control por parte de los Agentes de Tránsito para garantizar que se cumpla con la medida.

Vehículos que podrán movilizarse:

* Atención en medicina domiciliaria, transporte de enfermos en caso de emergencia, tales como ambulancias, Bomberos, Defensa Civil, Cruz Roja, incluyendo médicos que demuestren que requieren desplazarse para el ejercicio vital de sus funciones profesionales.

* Carrozas fúnebres y su respectivo cortejo.

* Los vehículos en los que se desplacen permanentemente los fiscales, jueces, magistrados, procuradores y demás autoridades judiciales que se encuentren cumpliendo funciones propias de su cargo y los que así lo requieran por razones de seguridad; en el primero de los casos, deberá acreditarlo en la orden de trabajo expedida por la autoridad competente.

* Transporte de carga conforme la licencia de tránsito, destinados a la distribución de bienes y alimentos.

* Vehículos procedentes de otras regiones y que se encuentren de tránsito por la ciudad, situación que se acreditará con el respectivo recibo de pago del peaje fechado el mismo día de tránsito y solo por el tiempo necesario para llegar a su punto de destino.


Lee también:


* Vehículos que tengan adaptados mecanismos para desplazar personas con movilidad reducida o en los que ellos se desplacen.

* Vehículos de servicio de transporte especial de pasajeros debidamente autorizados, para lo cual deberán portar el FUEC y solo podrán circular durante los horarios de la prestación del servicio requerida por el contratante.

* Vehículos donde se desplace el personal de la salud debidamente identificados.

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