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JEP expulsó a exintegrante de las Farc por incumplir régimen de condicionalidad

La JEP indicó que el compareciente incumplió la obligación de aportar verdad plena, detallada y exhaustiva ante el Sistema Integral para la Paz.
JEP expulsó a exintegrante de las Farc por incumplir régimen de condicionalidad
Foto: Colprensa
Colprensa

Por incumplir de manera grave en los compromisos relativos a la dejación de armas, abstenerse de cometer nuevos delitos y, con ello, garantizar la no repetición, la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), expulsó a Yolfer Guzmán Sánchez de la justicia transicional.

Esta fue la conclusión de la Sala de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad, al resolver el incidente de verificación de cumplimiento que se le abrió al exintegrante de las Farc el pasado 20 de enero, tras analizar cuatro procesos judiciales que cursan en su contra.

Entre estos se destaca la comisión de delitos después del primero de diciembre de 2016, uno de ellos, con sentencia condenatoria por el delito de concierto para delinquir agravado, respecto al cual aceptó cargos.

En la investigación, la Sala de Reconocimiento estableció que existe un robusto recaudo probatorio que demuestra que volvió a delinquir, desde 2017 y de forma permanente durante los años 2018, 2019 y 2020.

En la sentencia condenatoria emitida en 2019, por la que fue condenado por concierto delinquir, se observa que la reincidencia de Guzmán Sánchez está relacionada con su participación como comandante en varios grupos delincuenciales.


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La Sala de Reconocimiento también afirmó que Guzmán Sánchez incumplió el deber adquirido por los firmantes del Acuerdo Final para la Paz, de contribuir a garantizar activamente al éxito del proceso de reincorporación a la vida civil de forma integral.

“Como se vio, no existió interés alguno por parte del excombatiente de participar activamente en el proceso de reincorporación y se limitó a recibir los beneficios económicos brindados por la Agencia para la Reincorporación y Normalización”, señaló la JEP.

Además, el compareciente incumplió la obligación de aportar verdad plena, detallada y exhaustiva ante el Sistema Integral para la Paz. Prueba de ello se evidenció al no comparecer a las diligencias de versión voluntaria convocadas en el Caso 02, que priorizó la situación territorial de Ricaurte, Tumaco y Barbacoas en Nariño.

Tampoco lo hizo a la diligencia de construcción dialógica y a la audiencia de decisión final convocadas en el marco de este incidente de verificación y, mucho menos, compareció ante la Unidad de Búsqueda de Personas Dadas por Desaparecidas.

“Estos comportamientos son especialmente gravosos, teniendo en cuenta que Guzmán Sánchez llegó a ser comandante de milicias urbanas de la extinta guerrilla en Tumaco, Río Rosario y Chagüí en el área rural de Tumaco, por lo que su aporte de verdad detallado, pleno y exhaustivo era esencial para las víctimas y el esclarecimiento de verdad en la investigación y juzgamiento del Caso 02”, señaló el tribunal.

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