Pasar al contenido principal
CERRAR

Corte Constitucional ordena retirar antena de telecomunicaciones en Cauca 

La Corte Constitucional le ordenó a Comcel suspender las operaciones en la estación de comunicaciones del cerro Damián ubicado en la vereda Maravelez en Suárez (Cauca). 
Foto: Colprensa.
María Camila Idrobo

La Corte Constitucional le ordenó a Comcel suspender las operaciones en la estación de comunicaciones del cerro Damián ubicado en la vereda Maravelez, corregimiento de Mindalá, en el municipio de Suárez (Cauca). 

La decisión fue tomada por la corte por afectar a la comunidad afro de esta zona del país. La operación de Comcel queda suspendida hasta que se adelante un proceso consultivo con la comunidad asentada en ese lugar y se establezcan medidas de compensación.

Según la decisión, Comcel adelantó las obras de construcción de la antena de aproximadamente 45 metros de altura, sin realizar el procedimiento de la consulta previa con las comunidades afectando así su dinámica espiritual, social, económica y cultural.

Además, de acuerdo con los demandantes, con el traslado de carga pesada para construir la obra se afectó los caminos veredales y se generó el colapso de los puentes por los que transitan los habitantes.

Por su parte, el Ministerio del Interior respondió que la comunidad de Mindalá no demostró que el proyecto se encontrara dentro de su territorio y Comcel sostuvo que no hay pruebas de la afectación a los derechos fundamentales ni de los daños a los caminos veredales. Sin embargo, el alto tribunal indicó que “aun cuando ya finalizaron las obras de construcción de la antena de comunicaciones, la realización de la obra sin efectuar la consulta previa, el tránsito de maquinaria pesada por el lugar y el actual funcionamiento del referido artefacto constituyen una lesión a la integridad cultural de la comunidad”.

Ante estos hechos, la Corte Constitucional le otorgó cinco días a Comcel para la suspensión de las operaciones en la estación de telefonía celular y le ordenó adoptar las medidas técnicas para garantizar el funcionamiento y cobertura del servicio a los usuarios.

Igualmente, se ordenó que, bajo la dirección del Ministerio del Interior, el municipio de Suárez y la compañía de comunicación celular convoquen a la comunidad al desarrollo de la consulta previa y un proceso postconsultivo en relación con la construcción e instalación de la estación de comunicaciones.

Finalmente, la sentencia exhortó a la Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa del Ministerio del Interior para que adelante los procesos de certificación de presencia de grupos étnicos no sólo con base en la información que reposa en la base de datos de la entidad, sino que alimente su estudio con las consultas en las distintas entidades o realice visitas de campo al lugar de influencia del proyecto. 

Artículos Player

ETIQUETAS