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Corte Suprema de Justicia dejó en firme la condena contra un joven por bullying

El alto tribunal aseguró que la condena se debe mantener pues se comprobó que, en medio de estos hechos de matoneo, el joven cometió actos sexuales contra su compañero de 13 años.
¿Cuándo el bullying tiene consecuencias penales? Corte dejó en firme condena a un joven
Foto de: Colprensa
María Camila Idrobo Munevar

La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia confirmó la condena contra un adolescente por hacerle bullying a un compañero de su equipo de waterpolo en un evento que se realizó en Tampa, Florida, en los Estados Unidos.

El alto tribunal aseguró que la condena se debe mantener pues se comprobó que, en medio de estos hechos de matoneo, el joven cometió actos sexuales contra su compañero de 13 años y que incluso estas agresiones las fotografió y exhibió a otros compañeros, comprometiendo su integridad sexual.

Estos hechos se sumaron a las agresiones que venían cometiendo contra el menor de edad, aprovechándose de su “bajo carácter”, y a que “las bromas fuertes y pesadas eran pan de cada día y aceptadas dentro de ese conglomerado a tal punto que para los entrenadores esas situaciones a duras penas generaban amonestaciones verbales”, se lee en el fallo.


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“Que esto hiciera parte de un conjunto de maltratos físicos o psicológicos (bullying), no lo exonera del reproche penal”, advirtió la Sala al mantener en firme la condena de 12 meses de internamiento contra el jóven que lideraba el matoneo contra el menor de edad.  

Aunque el abogado del joven manifestó en su apelación, que el bullying entre jóvenes es un comportamiento reprochable y requiere atención e intervención de los mayores, este no es un tema de interés para el derecho penal, a lo que la Corte le explicó que "pueden existir comportamientos de acoso juvenil -al interior de grupos escolares, deportivos, de recreación etc. - que, ciertamente, no sean delitos, pero esa realidad, per se, no excluye que algún hecho en ese contexto sí lo sea", indicó.

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