Comisión de Disciplina Judicial avanza en juicio contra jueza por libertad de Emilio Tapia
La Comisión Seccional de Disciplina Judicial del Atlántico resolvió formular pliego de cargos y llamar a juicio disciplinario a la jueza Claribel Onisa Fernández Castellón, actual Juez Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Barranquilla, por presuntas irregularidades en decisiones judiciales relacionadas con la libertad condicional de Emilio Tapia Aldana.
Tapia es uno de los nombres más representativos de los grandes escándalos de corrupción en la contratación pública, tras haber sido condenado por los casos de Centros Poblados y el carrusel de la contratación en Bogotá.
La decisión quedó consignada en un auto del 22 de enero de 2026, con ponencia de la magistrada María José Casado Brajín, y se sustenta en el artículo 221 de la Ley 1952 de 2019, que regula las competencias de la jurisdicción disciplinaria.
¿Por qué se activó la investigación disciplinaria?
El proceso se originó a partir de una compulsa de copias ordenada tras una publicación periodística del 14 de abril de 2025, en la que se dio cuenta de la polémica generada por la orden de libertad de Emilio Tapia.
A raíz de esa decisión judicial, la Procuraduría General de la Nación interpuso recurso de apelación, al considerar que el beneficio otorgado no cumplía con los requisitos legales.
¿Qué decisiones de la jueza están en el centro del análisis?
Uno de los principales hechos evaluados es el auto del 11 de abril de 2025, proferido dentro de un proceso penal con expedientes acumulados, mediante el cual la jueza concedió la libertad condicional al condenado.
Aunque el Ministerio Público presentó recurso de apelación, una inspección judicial posterior evidenció que dicho recurso no fue tramitado oportunamente, pese al tiempo transcurrido, lo que abrió un nuevo frente disciplinario por una posible mora procesal.
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La Comisión también examinó una providencia del 28 de marzo de 2025, dictada en un proceso independiente, en la que la jueza volvió a conceder la libertad condicional a Emilio Tapia.
En ese caso, el recurso de apelación fue rechazado inicialmente por indebida sustentación, lo que llevó a la presentación de un recurso de queja por parte del Ministerio Público.
¿Qué determinó el Tribunal Superior de Barranquilla?
Tras estudiar la queja, la Sala Penal del Tribunal Superior de Barranquilla ordenó devolver el expediente al juzgado de origen para continuar con el trámite legal correspondiente.
Una vez el proceso regresó al despacho, la jueza se pronunció de oficio sobre una nulidad procesal y, mediante auto del 30 de julio de 2025, dejó sin efectos la libertad inicialmente otorgada, realizó una nueva redención de pena y concedió nuevamente la libertad condicional al condenado.
Esta actuación fue incorporada al análisis disciplinario como uno de los hechos relevantes del caso.
Durante la investigación se practicaron inspecciones judiciales, se revisaron expedientes físicos y digitales y se adelantaron actuaciones complementarias para esclarecer los hechos.
Asimismo, se tuvo en cuenta una compulsa de copias adicional relacionada con una presunta mora en el cumplimiento de una orden judicial emitida por un juzgado penal del circuito de Bogotá, que había dispuesto revocar la libertad condicional y ordenar la captura de Emilio Tapia.
Tras evaluar el material probatorio, la Comisión Seccional de Disciplina Judicial del Atlántico concluyó que existen elementos suficientes para inferir la posible comisión de faltas disciplinarias, varias de ellas calificadas como gravísimas.
En la providencia se señala que las conductas serán analizadas conforme a los deberes, prohibiciones y responsabilidades de los funcionarios judiciales, así como a las normas que regulan la ejecución de penas y medidas de seguridad.
De manera expresa, la Sala advirtió que encuentra probable la ocurrencia de “múltiples faltas gravísimas”, motivo por el cual dispuso avanzar a la fase de juicio disciplinario, en la que se definirá de fondo la responsabilidad de la jueza investigada.