Las entidades públicas y estatales han manifestado estar a la expectativa por la decisión de la Corte Constitucional de tumbar la modificación que se le había hecho a la Ley de Garantías, la cual fue aprobada por el Congreso de la República y el Gobierno Nacional, pero declarada inconstitucional.
La modificación permitía que las entidades firmarán y acordaran convenios interadministrativos a pesar de estar en el periodo previo a las elecciones de Congreso y Presidencia. La Corte declaró la modificación inexequible por el hecho de “violar flagrantemente la reserva de ley estatutaria y el principio de unidad de materia”.
“Declarar la inexequibilidad del artículo 124 de la Ley 2159 de 2021, por la cual se decreta el presupuesto de rentas y recurso de capital y ley de apropiaciones para la vigencia fiscal del primero de enero al 31 de diciembre de 2022, con efectos retroactivos a partir de su expedición”, determinó la Corte.
Según la medida tomada, la Corte aseguró que los contratos que se terminaron de ejecutar antes de la decisión tomada por el alto tribunal no sufrirán efectos adversos, debido a que ya se cumplieron en su totalidad. Los convenios que quedaron en proceso tendrán que detenerse y liquidarse y, dado el efecto retroactivo de la decisión, los recursos que hayan sido girados tendrán que devolverse.
“Deberán terminarse y liquidarse inmediatamente, sin perjuicio de la devolución de los recursos girados y no ejecutados y de las restituciones o que haya lugar. Los contratos estatales financiados con fundamentos en los convenios interadministrativos anteriores se terminarán y liquidarán”, precisó la Corte.
Los únicos contratos que no están contemplados por esta inexequibilidad son los relacionados con las necesidades básicas como la salud, la educación, el saneamiento ambiental, agua potable y vivienda. La regla aplicará en lo penal, disciplinario, fiscal y administrativo.
Con la decisión de la Corte quedaron en medio los diferentes contratos, y por ende, los contratistas y empresas que habrían sido designadas para efectuar las acciones por las que fueron contratadas. En algunos casos ya se habrían adelantado aspectos acordados en la contratación y que tendrán que detenerse y acabarse sin recompensa a recuperar los recursos.
Para el abogado constitucionalista Juan Ospina, es determinante lo que ocurra en cada caso: “Si los contratos ya terminaron no pasa nada, si están en curso y no tienen que ver con las materias que podrían seguir en ejecución tendrían que ser liquidados, eso genera dificultades y problemas administrativos”.
El abogado aseguró que en las próximas semanas se presentarán dificultades en la ejecución contractual, debido a que en cada caso habrá que determinar en qué estado de avance estaba dicho proyecto.
“Determinar qué se ha gastado, qué no se ha gastado, en esa medida soportar la liquidación y entender en el avance qué efectos tiene la suspensión, si se va en un momento definitivo, el hecho de que la suspensión llegue en ese momento produce unos impactos”, aseguró Ospina
A pesar de que la decisión de la Corte evitaría casos de conflicto de interés, en los casos que se han adelantado también se podrían presentar dificultades jurídicas, esto dependiendo de cada caso.
El abogado y director del Instituto Anticorrupción, Camilo Enciso, aseguró que son determinantes las decisiones que tomen ambas partes frente a la suspensión de la modificación, esto debido a las particularidades que tendrá cada contratación efectuada durante este último tiempo.
Impacto electoral
La decisión del Congreso y el Gobierno fue controversial debido a los intereses que se podrían haber visto solventados con los recursos públicos, pero con fines electorales.
Frente a que la decisión se hubiera tomado en plena época electoral, el abogado Enciso aseguró: “Le corta el chorro a las campañas que pudieran estar utilizando los recursos de convenios interadministrativos para hacer política, para alcaldes o gobernadores que estuvieran apoyando a un candidato, puede ser positivo para garantizar el proceso electoral”.
De acuerdo con Enciso, una particularidad de la contratación en plena época electoral, es que el Ministerio del Interior es una de las entidades que más reporta convenios en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública (Secop), justamente la cartera que se encarga de lo electoral en representación del Gobierno.
“El Ministerio del Interior como Ministerio de la política sería uno de los más activos justamente en este periodo, debería la Contraloría auditar por lo menos esos convenios para verificar si no hay algún tipo de irregularidad”, expresó Enciso.
Aunque la Corte no ha hecho público el texto final de la decisión, las entidades tendrán que acatarla desde el momento en el que fue emitida. Hasta el momento, no ha habido un pronunciamiento oficial del Gobierno frente a la sentencia.