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MinSalud exige a las EPS garantizar entrega completa y oportuna de medicamentos

Nueva circular obliga a las entidades de salud a evitar interrupciones en tratamientos, fortalecer redes de dispensación y garantizar la entrega de medicamentos pendientes en un plazo máximo de 48 horas.
EPS deberán  garantizar entrega completa y oportuna de medicamentos
El Dorado Radio
Radio Nacional de Colombia

El Ministerio de Salud y Protección Social expidió la Circular Externa No. 017 de 2026, mediante la cual ordena a las EPS y demás actores del sistema de salud garantizar la entrega completa y oportuna de medicamentos, evitando que problemas administrativos, financieros o contractuales interrumpan los tratamientos de los pacientes.

La medida surge como respuesta a las constantes denuncias ciudadanas relacionadas con demoras en la entrega de medicamentos, fórmulas incompletas y desabastecimiento en diferentes regiones del país.

Pacientes podrán reclamar medicamentos en redes alternas

Uno de los puntos más importantes de la nueva circular establece que las EPS deberán contar con redes suficientes de gestores farmacéuticos y mecanismos alternos de dispensación, con el fin de responder ante contingencias o fallas en la entrega de medicamentos.

Además, cuando un usuario reciba una entrega incompleta y el medicamento quede reportado como “pendiente”, tendrá derecho a reclamarlo en una red alterna de dispensación.

El Ministerio también ordenó el fortalecimiento de los mecanismos de entrega domiciliaria, garantizando que los medicamentos pendientes sean entregados en un plazo máximo de 48 horas.


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Medidas contra el desabastecimiento

La Circular exige a las entidades de salud garantizar una pluralidad de oferentes para los medicamentos bajo su responsabilidad. En los casos donde exista un único proveedor en el mercado, las EPS deberán implementar planes de contingencia para evitar interrupciones en los tratamientos.

Entre las medidas contempladas se encuentra la posibilidad de acudir a la importación de medicamentos vitales no disponibles, conforme a la normatividad vigente y a disposiciones recientes del Ministerio de Salud y de la Corte Constitucional.

Vigilancia y control más estrictos

El documento también establece que las EPS y proveedores deberán mantener un flujo oportuno y transparente de recursos hacia gestores farmacéuticos y proveedores, evitando retrasos injustificados que puedan afectar la atención de los pacientes.

Asimismo, será obligatorio reportar casos de escasez o desabastecimiento de medicamentos y dispositivos médicos al Sistema de Monitoreo del Abastecimiento del Ministerio de Salud.

El Gobierno anunció además el fortalecimiento de las acciones de inspección, vigilancia y control, labores que estarán a cargo de la Superintendencia Nacional de Salud y de las secretarías territoriales.


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Llamado a denunciar incumplimientos

La Circular hace un llamado a las entidades territoriales para recibir y tramitar denuncias o quejas relacionadas con la no entrega parcial o total de medicamentos, con el objetivo de facilitar acciones de control y seguimiento.

Finalmente, el Ministerio dejó claro que los conflictos administrativos o financieros entre EPS, gestores farmacéuticos y otros actores del sistema no podrán convertirse en una excusa para suspender tratamientos o afectar el derecho a la salud de los pacientes.

Prioridad para pacientes vulnerables

Con estas nuevas disposiciones, el Gobierno busca proteger especialmente a pacientes con enfermedades crónicas, niños y personas en condición de vulnerabilidad, garantizando la continuidad de sus tratamientos y el acceso oportuno a medicamentos esenciales.

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