SIC ordena medidas a entidades de Cauca y Huila para proteger datos sensibles y decisiones reproductivas
Este lunes, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) impartió órdenes administrativas al Hospital Departamental San Antonio de Padua y a la Asociación Indígena del Cauca (AIC EPSI), "luego de evidenciar irregularidades en el tratamiento de datos sensibles relacionados con una solicitud de interrupción voluntaria del embarazo (IVE)", informó la entidad.
#Atención🚨 #LaSICDelCambio ordenó medidas para proteger datos sensibles de salud y decisiones reproductivas. Reitera: la información sobre IVE requiere autorización expresa y estricta confidencialidad. Se evidenciaron fallas en su manejo y se ordenaron ajustes y capacitación. pic.twitter.com/ljHbZtD2wz
— Superintendencia de Industria y Comercio 🇨🇴 (@sicsuper) April 13, 2026
Según explicó la SIC, la actuación administrativa se presentó luego de que una mujer denunciara la posible divulgación de información contenida en su historia clínica, relacionada con su decisión de interrumpir su embarazo, a terceras personas sin su autorización, pese a haber solicitado expresamente que dichos datos no fueran compartidos.
La entidad explicó que la denunciante acudió en agosto de 2022 al Hospital Departamental San Antonio de Padua, en La Plata (Huila), para solicitar la IVE en el marco de lo establecido por la sentencia C-055 de 2022 de la Corte Constitucional, que despenalizó el aborto hasta la semana 24 de gestación. Durante el proceso de atención, la institución remitió información de su historia clínica a la Asociación Indígena del Cauca, EPS indígena a la cual se encontraba afiliada. Posteriormente, autoridades de la comunidad indígena a la que pertenece la mujer se comunicaron con ella para indagar sobre la solicitud, evidenciando que terceros ajenos a la prestación del servicio de salud tuvieron acceso a datos sensibles, como su historial médico y sus decisiones reproductivas.
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La Superintendencia concluyó que se vulneró el derecho al habeas data de la mujer, al establecer que las entidades no contaban con autorización para el tratamiento de sus datos personales, compartieron la información en contra de su voluntad y mantenían "disposiciones que permitían compartir información relacionada con las solicitudes de interrupción voluntaria del embarazo con autoridades indígenas, en un claro exceso de las habilitaciones legales para circular información personal".
En ese sentido, la SIC impartió órdenes administrativas a ambas entidades para garantizar la protección de datos sensibles de sus usuarios.
¿Qué medidas ordenó la SIC?
Entre las principales medidas se encuentran:
- Implementar un sistema integral de protección de datos personales, con medidas específicas para el tratamiento de datos sensibles.
- Diseñar e implementar una política de tratamiento de información conforme al régimen de protección de datos personales.
- Ajustar los procedimientos internos relacionados con la prestación de servicios de salud que involucren el manejo de información sensible.
- Desarrollar programas de capacitación y sensibilización para su personal sobre el tratamiento adecuado de datos personales.
Además, la Superintendencia recordó que los datos relacionados con la salud y las decisiones reproductivas son datos personales sensibles, por lo que su tratamiento y circulación requieren el consentimiento previo y expreso del titular, así como medidas que garanticen su protección.