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CERRAR

Declaran urgencia manifiesta en el Valle del Cauca

Esta herramienta de tipo legal permite adelantar contrataciones de manera directa y garantizar la prestación de servicios básicos.
Foto: Angélica Tello Guzmán

Mediante el Decreto 1-17-0486 del 7 de mayo de 2021, emitido por la gobernadora del Valle Clara, Clara Luz Roldán, fue declarada la urgencia manifiesta en el departamento con el fin de atender la situación excepcional causada por la alteración del orden público que vive buena parte del país, y en especial el departamento del Valle durante los días del paro nacional.

Esta decisión fue motivada, según Lía Patricia Pérez Carmona, directora Jurídica de la Gobernación del Valle, debido a las circunstancias que vive actualmente el departamento en materia de orden público y desabastecimiento, que exigen una respuesta acorde a esta realidad por parte la institucionalidad. 

En este sentido, la urgencia manifiesta es una herramienta de tipo legal que le permite a los ordenadores del gasto adelantar contrataciones de manera directa y garantizar la prestación de servicios básicos para la población, la compra de insumos y suministros, como también la ejecución de las obras que se requieran adelantar y cuyo desarrollo pueda verse interrumpido como consecuencia de las circunstancias actuales. 

“Se declara para satisfacer las necesidades, remediar o evitar males presentes o futuros, pero inminentes, es decir, que estas situaciones no dan espera para su solución. Es por ello que nos permite esta norma no acudir a los procesos públicos de selección como, por ejemplo, la licitación pública que es por todos sabido que tiene unos términos bastante amplios que no nos permitirían satisfacer estas necesidades”, aseveró Pérez Carmona.

Vale la pena mencionar que el alcalde de Cali, Jorge Iván Ospina, declaró la urgencia manifiesta desde el pasado 5 de abril, y en este caso estará vigente por un periodo de tres meses. 

Esta figura está contemplada en el estatuto de contratación de la Administración Pública, Ley 80 de 1.993 para atender aquellos eventos que afecten “el suministro de bienes o la prestación de servicios, o la realización de obras en el inmediato futuro”. 

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