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Plan de Beneficios en Salud

El Ministerio de Salud puso en marcha el mecanismo que usa el sistema de salud para determinar los servicios y tecnologías que no están cubiertos con recursos públicos y que marcó el final del POS.

*Información suministrada por el Observatorio Así Vamos en Salud.

En Colombia tradicionalmente habíamos hablado del Plan Obligatorio de Salud, POS. Actualmente el Ministerio de Salud puso en marcha el mecanismo que usa el sistema de salud para determinar los servicios y tecnologías que no están cubiertos con recursos públicos y que marcó el final del POS.

El nuevo mecanismo nació con la Ley Estatutaria de Salud 1751 de 2015, donde se consagró la salud como un derecho fundamental para todos los colombianos. El Plan de Beneficios, es el nuevo mecanismo con el cual se determina cuáles son los beneficios a los que tienen derecho todos los afiliados al Sistema General de Seguridad Social en Salud en Colombia. ​

Esta medida es un gran paso para que los colombianos puedan acceder a un sistema de salud equitativo, que brinda servicios de mayor calidad y oportunidad.

En el Plan de Beneficios, se busca generar equidad: todo lo que se incluye en el régimen contributivo, está también en el subsidiado. Además, busca priorizar a las poblaciones vulnerables: niños, mujeres y personas con menores ingresos.

Como medida para el cuidado de diferentes patologías, se Incluyeron más de 200 medicamentos, tratamientos y dispositivos médicos, seguros y eficientes para tratar las enfermedades que causan mayor discapacidad y muerte prematura en Colombia.

Además, se hicieron grandes inclusiones en temas prioritarios como: salud sexual y reproductiva, tratamientos psicológicos y psiquiátricos de las víctimas de violencia intrafamiliar y contra las mujeres.

Tradicionalmente los pacientes tenían derecho a un listado de procedimientos (el POS) y cualquier tratamiento por fuera debía ser autorizado por un comité científico. Con el nuevo mecanismo, los médicos recetan con cierta libertad medicamentos y procedimientos quirúrgicos a sus pacientes cumpliendo siempre con la mejor relación costo-efectiva para el sistema y el paciente.

Esto implica que los afiliados al sistema de salud tendrán derecho a todos los servicios requeridos, a menos que sean excluidos de forma explícita.

De ese modo, el nuevo mecanismo contempla seis posibles motivos de exclusión: que sean cosméticos, que estén en fase de experimentación, que no tengan eficacia ni efectividad clínica, que no estén aprobados por el Invima o que se presten en el exterior.

La responsabilidad de determinar cuáles serán los servicios, tecnologías y tratamientos que no serán cubiertos involucra a todos los actores del sector salud y constará de cuatro fases. La primera de ellas es la “fase de nominación y priorización”; luego la fase de “consulta a pacientes potencialmente afectados y a la ciudadanía”, en la que intervienen las veedurías ciudadanas en salud y la Defensoría del Pueblo con el fin de garantizar la transparencia en el proceso. Por último, el proceso llega a la “fase remisión del concepto técnico científico y de la recomendación”.

El nuevo Plan de Beneficios, busca así generar una mejor y más eficiente administración de los recursos del sistema, garantizando además la prestación y la sostenibilidad, y que se adopten medidas que permitan que los colombianos se enfermen menos y vivan más.

Hoy en la franja informativa ‘Así Vamos en Salud’ en Contacto Directo daremos algunas recomendaciones sobre este tema, sintonícenos a partir de las 2:00 p.m.

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