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Estos son algunos cambios normativos por coronavirus

Se aplazan fechas de declaración de rentas, y se definieron bienes exentos de impuestos.

Luego de que la Organización Mundial de la Salud (OMS) declarara como pandemia al Covid-19 el pasado 11 de marzo de 2020, las autoridades nacionales han tomado medidas para frenar la expansión masiva de la enfermedad en el país, donde ya se registran 231 casos confirmados de contagios y 2 muertes por coronavirus.

Le contamos cuáles son los cambios normativos que varias entidades han tomado para seguir los lineamientos dispuestos por el Gobierno Nacional:

  1. Se aplaza la renovación de cámara de comercio hasta el 3 de julio de 2020.

  2. Se aplazan las fechas para presentación de declaración de renta de personas naturales y jurídicas.

  3. Se amplían los plazos para la actualización de la actividad meritoria hasta el 30 de junio de 2020.

  4. Serán bienes exentos de impuestos transitoriamente:

a.Nebulizador.

b.Bascula pesa bebes

c.Monitor de signos vitales

d.Electrocardiografo

e.Glucometro

f.Tensiometro

g.Pulsoximetro

h.Aspirador de secreciones

i.Desfribilador

j.Incubadora

k.Lampara calor radiante

l.Lampara fototerapia

m.Bomba de infusión

n.Equipo de órganos de los sentidos

o.Bala de oxígeno

p.Fonoendoscopio

q.Ventilador

r.Equipos de rayos x portátil

s.Concentrador de oxígeno

t.Monitor de transporte

u.Flujometro

v.Cámara cefálica

w.Cama hospitalaria

x.Cama hospitalaria pediátrica.

  1. La dirección de impuestos suspende los términos de los procesos administrativos y de las actuaciones tributarias.

  2. Se amplían plazos para la presentación del impuesto anual de industria y comercio del año gravable 2019.

  3. Se amplían plazos para el reporte anual de información financiera para los obligados a reportar información financiera bajo NIIF.

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