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¡Pilas! Esta será la multa que se impondrá por incumplir el día sin carro y sin moto en Bogotá

Bogotá vivirá una nueva jornada de día sin carro y sin moto este jueves 5 de febrero. Ojo: incumplir la medida tendrá multa económica, inmovilización del vehículo y costos adicionales.
Radio Nacional de Colombia

Bogotá se prepara para un nuevo día sin carro y sin moto este próximo jueves 5 de febrero, siendo esta la versión número 28 y que se realizará entre las 5:00 a. m. y las 9:00 p. m.

¿Cuáles serán las restricciones en el día sin carro y sin moto?

Según información de la Alcaldía de Bogotá, no podrán circular en Bogotá los siguientes vehículos y motos:

  • Carros y motos particulares.
  • Carros con permiso de pico y placa solidario.
  • Vehículos particulares de medios de comunicación con placa amarilla.
  • Automóviles y motocicletas de academias de conducción.
  • Vehículos híbridos o a gas.
  • Taxis y vehículos de transporte especial con placa terminada en 7 y 8.
  • Transporte de carga tendrá restricción habitual, acorde con el Decreto Único del Sector Movilidad 652 de 2025, artículos 485 al 502.  

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¿Quiénes pueden circular en este día? 

  • Transporte público.
  • Motocicletas vinculadas a empresas, plataformas tecnológicas y/o establecimientos de comercio, que prestan el servicio de mensajería y/om domicilio.
  • Transporte para personas con discapacidad.
  • Vehículos de emergencia.
  • Transporte escolar.
  • Vehículos con capacidad de más de 10 pasajeros.
  • Servicios públicos domiciliarios.
  • Destinado al control de tráfico.
  • Caravana presidencial.
  • Vehículos Militares, de Policía Nacional, de Organismos de Seguridad del Estado y CTI seccional Bogotá.
  • Vehículos diplomáticos o consular.
  • Motocicletas de vigilancia y seguridad privada.
  • Vehículos asignados por la Unidad Nacional de Protección.
  • Vehículos eléctricos o cero emisiones, incluyendo motocicletas.
  • Carrozas fúnebres.
  • Vehículos destinados para el control operacional y mantenimiento del SITP.
  • Control de emisiones y vertimientos, incluyendo motocicletas.
  • Transporte de valores.

¿Cuál será la multa para quien salga a la calle sin autorización? 

Salir a la calle en carro o moto sin autorización equivale a incumplir el artículo C 14 del Código Nacional de Tránsito, el cual estima una multa de $633.200. Además, se procederá con la inmovilización del vehículo, cargos adicionales por grúa y parqueadero.

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