Los exfuncionarios no se allanaron a los cargos de concierto para delinquir agravado e interés indebido en la celebración de contratos que les imputó la Fiscalía.
Esta comparecencia, según la JEP, solo podrá hacerla como antiguo y confeso comandante o cabecilla paramilitar incorporado materialmente a la Fuerza Pública, y no como tercero civil.
La Procuraduría instauró queja disciplinaria contra la juez por presidir una audiencia pública sin cumplir las disposiciones sobre el uso de la toga y atención respetuosa