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Procuraduría destituyó a exdirectora administrativa y financiera del Sena

Por: Colprens.Destitución e inhabilidad por 13 años impuso la Procuraduría General de la Nación a la exdirectora Administrativa y Financiera del Sena, Piedad Jiménez Montoya, a quien encontró responsable de adjudicar de forma irregular un contrato de más de medio billón de pesos para la prestación, integración e interoperatividad de servicios de servicios de tecnología en la entidad.

Por: Colprens.

Destitución e inhabilidad por 13 años impuso la Procuraduría General de la Nación a la exdirectora Administrativa y Financiera del Sena, Piedad Jiménez Montoya, a quien encontró responsable de adjudicar de forma irregular un contrato de más de medio billón de pesos para la prestación, integración e interoperatividad de servicios de servicios de tecnología en la entidad.

Según la Procuraduría, Jiménez desconoció su deber de selección objetiva al momento de adjudicar, mediante Resolución 2839 del 24 de diciembre de 2014, la Licitación Pública DG 011 de 2014 a la Unión Temporal SENA Digital.

La decisión estuvo fundamentada en factores diferentes a los expresa y exclusivamente incluidos en el pliego de condiciones y la Adenda No. 3, y motivó su decisión en criterios subjetivos por fuera de las reglas del proceso de selección.

Según la Procuraduría, Jiménez Montoya transgredió los principios de la función administrativa relacionados con la moralidad, imparcialidad y transparencia, pues no aplicó las reglas de participación establecidas en el pliego de condiciones.

Pese a que la adjudicación debió hacerse sin base en criterios subjetivos, según la Procuraduría, la funcionaria aceptó la recomendación de adjudicar el contrato sin tomar en consideración que en la fórmula establecida para la evaluación económica se incluyeron ofertas de proponentes rechazados.

No tuvo en cuenta, además, que al finalizar la audiencia uno de los representantes de los posibles adjudicatarios le indicó que estaba desconociendo reglas incluidas en el pliego de condiciones. Aún así adjudicó el contrato.

“La decisión fue oscura y afectó sustancialmente el principio de transparencia puesto que si bien las reglas eran claras y concretas en cuanto a los requisitos habilitantes, causales de rechazo y factores de ponderación, las razones que sustentaron la decisión final, inclusión de las ofertas económicas de los proponentes rechazados para operar una fórmula aritmética o estadística, no se ajustaron a la normatividad expresamente establecida en el pliego de condiciones”, dijo la Procuraduría.

En fallo de primera instancia la Procuraduría calificó la falta como gravísima a título de culpa gravísima. Contra la decisión cabe recurso de apelación.

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