Este martes, con sanción presidencial, comienza a regir en Colombia la ley de cadena perpetua para violadores de niños, luego que hace algunas semanas fuera aprobada en el legislativo.
Con esta reglamentación los jueves de la República podrán aplicar esta pena a quienes cometan ese tipo de delitos, condena que, según el ministro de Justicia, Wilson Ruiz, no será retroactiva, es decir, que solo se podrá imponer a aquellos delitos que se cometan después del 6 de julio de 2021.
El texto que será sancionado antes del mediodía en un evento en la Casa de Nariño, se refiere a la imposición de la cadena de prisión perpetua, su condición excepcional, el control automático de la pena de prisión perpetua ante el superior jerárquico y la revisión de la pena en un plazo mínimo de 25 años, para evaluar la resocialización del condenado.
Dependiendo de los resultados de dicha evaluación, se determinará si hay cabida a una evaluación de la pena por parte del juez que profirió el fallo. De esta forma se podría modificar la pena de prisión perpetua a una pena de prisión temporal, que no podrá ser menor a 50 años por tipos penales simples, o 60 años por tipos penales de concurso.
La reglamentación de la ley también define quién tiene la asignación de competencia, los términos y los procedimientos para que se cumplan las sentencias y la garantía procesal adquirida por Colombia en distintos tratados de derechos humanos.