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Víctimas de desaparición forzada: ¿a dónde acudir para encontrar a un familiar?

En la mayoría de los casos, los familiares de la víctimas no saben a donde acudir o qué trámite realizar. Aquí les entregamos una ruta.
Foto: Colprensa
Richard Hernández

En el marco del Día Internacional de Víctimas de Desaparición Forzada que se conmemora este 30 de agosto, revisamos aquellas instituciones y/o organismos en Colombia que, a través de sus funciones, contribuyen con la justicia y ayudan a los familiares de aquellas personas a conocer su paradero.

Hace tres meses el Comité contra la Desaparición Forzada (CED, por sus siglas en inglés) de las Naciones Unidas, señalaba que “la desaparición forzada de personas es un delito que persiste en Colombia y hay pocos avances para localizar a los cerca de 100 mil desaparecidos registrados por la fiscalía general de ese país”.

También recomendaba garantizar la rápida implementación de los planes de la Unidad de Búsqueda de Personas Desaparecidas y la coordinación entre las entidades creadas por el Acuerdo de Paz, la Fiscalía General y otras instituciones.

Asimismo, manifestaba su inquietud por “los limitados avances en la identificación y devolución de los restos de personas desaparecidas”: más de 24 mil cuerpos inhumados sin identificar en cementerios públicos, y más de 4 mil cuerpos de víctimas de desaparición forzada pendientes de reconocer.

Los familiares de las personas desaparecidas por cualquier causa, tienen derecho a saber qué pasó y dónde están sus seres queridos. Sin embargo, en la mayoría de los casos, no saben a dónde acudir y qué trámites hacer.

Rafael Barrantes es coordinador adjunto de la Unidad de Protección del Comité Internacional de la Cruz Roja en Colombia (CICR). Con él conversamos sobre la labor que realiza el CICR en dicho tema y acerca de los pasos que deben seguir los familiares de un desaparecido para su posible ubicación.

“Nosotros hacemos una búsqueda directa de personas desaparecidas en situaciones en donde tenemos un valor agregado especial. Nunca pretendiendo reemplazar las responsabilidades de las autoridades. Pero en la medida en que todavía existen conflictos armados abiertos vigentes en el país, tomamos solicitudes directamente de los familiares e incluso hacemos recuperaciones de restos humanos”, señala.

Según Rafael, otra función del Comité es orientar a las personas sobre la compleja ruta que existe en el país para realizar esa búsqueda: “se ha creado mucha institucionalidad para atender las diversas necesidades de los familiares de las personas desaparecidas. Es un enmarañado complejo que lógicamente los confunde”, dice.

Asimismo, comenta que brindan apoyo técnico a las autoridades, cuando creen que es necesario, para que puedan cumplir con sus obligaciones de manera meticulosa. Por ejemplo, en la búsqueda de técnicas forenses y de cómo tratar con los familiares. Todo lo anterior gracias a la experiencia que ha adquirido el CICR durante más de 150 años.

Además, dice que trabajan con las autoridades para identificar las barreras de acceso en la atención de las personas. Por ejemplo, cuando a veces algunas entidades afirman que tienen que pasar 72 horas para que se active el mecanismo de búsqueda. Según Rafael, esa es una barrera de acceso al derecho que tienen los familiares para que se realice una búsqueda inmediata.

“La mayoría de estas tareas están encaminadas a ayudar a las autoridades en las responsabilidades que tienen frente a la desaparición de personas. Además, de las responsabilidades frente a la atención, a las necesidades de los familiares y al derecho de las personas a ser buscadas. De manera muy excepcional podemos realizar nosotros, directamente, algunas acciones de búsqueda”, afirma.

Sobre los organismos a donde tienen que acudir los familiares de las personas desaparecidas, Rafael dice que hay cuatro grandes grupos de estrategias que vale la pena identificar y que citamos textualmente a partir de la información que nos facilitó el CICR:

1. Reporte en el Sirdec

El Sistema de Información Red de Desaparecidos y Cadáveres (Sirdec) es un sistema de información donde se almacenan los datos de las personas desaparecidas y de cadáveres en Colombia.

Es importante tener en cuenta que reportar la desaparición implica proporcionar la mayor cantidad de información sobre la persona de la cual no se tienen noticias.

Esta será registrada en el Formato Nacional para la Búsqueda de Personas Desaparecidas.

Allí podrá reportar:

-Cómo ocurrió o pudo haber ocurrido la desaparición.

-Datos personales y descripción física y detallada de su ser querido.

-Material como fotografías y radiografías de huesos y dientes.

¿Dónde puede hacer el reporte?

-Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses (más conocido como -Medicina Legal).

-Personerías municipales.

-Defensoría del Pueblo.

-Comisión de Búsqueda de Personas Desaparecidas.

-Asociación de Familiares de Detenidos Desaparecidos (ASFADDES).

-Fiscalía General de la Nación.

-Policía judicial (que está conformada por el CTI, que es el Cuerpo Técnico de Investigación y depende de la Fiscalía General de la Nación, y la Sijín, que es la Seccional de Investigación Judicial y depende de la Policía Nacional de Colombia).

Una vez hecho el reporte en el Sirdec, puede hacer seguimiento al proceso en la página de Consultas públicas sobre desaparecidos y cadáveres.

2. Denuncia penal y búsqueda

Denunciar tiene como objetivo iniciar un proceso penal que parte de una investigación judicial por el delito de desaparición forzada para saber qué pasó, dar con el paradero de la persona desaparecida e identificar al responsable.

¿Cómo inicia la investigación por un caso de desaparición?

De oficio, es decir, que las autoridades la inician por cuenta propia luego de una denuncia, la cual podrá hacerse ante la Policía Nacional y/o la Fiscalía General de la Nación desde el momento de la desaparición (no tiene que esperar). La pueden presentar familiares, amigos u otra persona que conozca información concreta sobre la persona desaparecida y los hechos.

Para contactar a la Fiscalía General de la Nación, llame a la línea nacional gratuita 01 8000 9197 48, o si está en Bogotá, al (+57 1) 570 2000 (opción 7). Desde el celular marca gratis al 122.

3. Unidad de Búsqueda de Personas Dadas por Desaparecidas (UBPD)

Esta es una entidad que nació tras la firma del Acuerdo de Paz entre el Gobierno y las Farc en 2016.

La UBPD es de carácter humanitario y extrajudicial. Esto quiere decir que la búsqueda no se puede hacer sin los familiares y que la información que se recibe no constituye prueba ni busca determinar a los responsables del hecho.

Algunos de los objetivos principales son dirigir, coordinar y contribuir a la búsqueda y localización de personas vivas o muertas dadas por desaparecidas como consecuencia del conflicto armado. La denuncia o solicitud la puede hacer en el siguiente link.

4. Mecanismo de búsqueda urgente (MBU)

El mecanismo de búsqueda urgente es un trámite especial que dura activo dos meses como mínimo, y sirve para que las autoridades ordenen de forma inmediata acciones de búsqueda necesarias para encontrar a una persona que presuntamente ha sido desaparecida por un actor armado.

Este puede ser reactivado cada vez que se cuente con nueva información sobre el posible paradero de la persona, ya sea que esta se encuentre con o sin vida.

El MBU se debe solicitar a fiscales y/o jueces, quienes tendrán que ordenar que se inicie la búsqueda de forma inmediata y deberán hacer seguimiento al caso. Recuerde que no debe esperar 24, 48 o 72 horas para activarlo. En este enlace podrá hacer el reporte.

“Estos son los cuatro grupos de desapariciones. No los estoy ordenando de manera conceptual por la naturaleza de la desaparición, sino básicamente por el tipo de instituciones que se han activado para atender estos casos”, concluyó Rafael Barrantes.

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