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Supersalud confirma millonaria multa a la EPS Sanitas

La multa, de 350 millones, obedece al imcumplimiento de la EPS a tres requerimientos hechos durante la pandemia del Covid-19.
Superintendencia de Salud impone millonaria multa a EPS Sanitas
Foto: EPS Sanitas
Diego Cuervo Escobar

La Superintendencia de Salud dejó en firme una multa por 350 millones de pesos impuesta contra la EPS Sanitas, tras encontrarla responsable de incumplir con las instrucciones impartidas durante la pandemia del Covid-19.

Según la investigación, la EPS omitió tres comunicaciones de la Supersalud donde “se daban instrucciones y órdenes puntuales”, dirigidas a la regional Caribe de la EPS “para que informara, entre otras, los mecanismos empleados para garantizar el suministro de las bases de datos depuradas, actualizadas y oportunas en el distrito de Barranquilla generar una óptima gestión del agendamiento de los usuarios por parte de las instituciones vacunadoras, en el marco de la pandemia de Covid-19”, informó la entidad.

Cabe recordar que durante la emergencia sanitaria y dentro del Plan Nacional de Vacunación era fundamental la implementación de bases de datos con la identificación de las personas y el avance en la aplicación de dosis, para lograr la aplicación eficiente de dosis diarias.

“La sanción de primera instancia fue objeto de reposición por parte de Sanitas, pero fue confirmada por la Supersalud y la posterior apelación fue resuelta en resolución emitida el pasado 27 de diciembre de 2023”, agregó la Supersalud en su comunicado.

De acuerdo con la entidad, la EPS Sanita “no actuó con la diligencia debida porque incumplió las instrucciones impartidas”, pues no respondió los requerimientos, en los tiempos otorgados, de las comunicaciones emitidas en abril y mayo de 2021.

“En el evento que los requerimientos emitidos por la Superintendencia Nacional de Salud no se atiendan, se atiendan extemporáneamente, o se atiendan de manera ineficiente, se obstruye el ejercicio de sus funciones de inspección, vigilancia y control; y en el caso que nos ocupa, se habrían limitado las acciones de vigilancia del cumplimiento de los planes diseñados para afrontar la emergencia, situación que no puede desconocer el vigilado”, señala la resolución.

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