El Gobierno nacional, a través del Ministerio de Justicia y del Derecho, expidió el Decreto 652 de 2026, con el que establece las condiciones que deberán garantizarse a los comparecientes de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) mientras cumplen las sanciones restaurativas impuestas por ese tribunal.
La medida busca asegurar que las personas vinculadas a estos proyectos cuenten con las condiciones necesarias para desarrollar las actividades ordenadas por la JEP y facilitar la ejecución efectiva de las sentencias restaurativas.
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Garantías en salud y protección frente a riesgos
Uno de los principales aspectos del decreto es que los comparecientes podrán afiliarse o conservar su afiliación al sistema de salud, de acuerdo con el régimen que les corresponda. Además, la norma define mecanismos de protección frente a los riesgos derivados de las actividades que realicen durante el cumplimiento de las sanciones.
El Ministerio de Justicia aclaró que estas medidas no crean una relación laboral ni un vínculo contractual entre los comparecientes y las entidades responsables de los proyectos.
Entidades deberán suministrar herramientas y capacitación
El decreto también establece que las entidades, organizaciones u organismos que desarrollen proyectos restaurativos deberán proporcionar capacitación, herramientas, insumos y elementos de protección necesarios para que los comparecientes puedan ejecutar las labores asignadas de forma segura.
Asimismo, cuando las actividades deban realizarse en un lugar diferente al de residencia del compareciente, será responsabilidad de la entidad garantizar alimentación, alojamiento adecuado y los traslados requeridos, en coordinación con la JEP.
Protocolos de seguridad para comparecientes y comunidades
Otro de los ejes de la nueva reglamentación es la seguridad. El decreto dispone que el Ministerio de Defensa, la Unidad Nacional de Protección (UNP), las autoridades territoriales y demás entidades competentes deberán ajustar los protocolos de protección, previa solicitud de la Unidad de Investigación y Acusación de la JEP.
Estos mecanismos deberán coordinarse con los Consejos de Seguridad y Convivencia o con los Comités Territoriales de Justicia Transicional, según corresponda.
Además, la norma contempla la posibilidad de realizar campañas pedagógicas en las comunidades donde se ejecutarán los proyectos restaurativos, con el propósito de fortalecer la confianza entre la población y reducir posibles riesgos de seguridad.
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La norma involucra a entidades públicas y organizaciones privadas
Las disposiciones del Decreto 652 de 2026 serán aplicables a todas las entidades de la rama ejecutiva, tanto del nivel nacional como territorial. También podrán participar organizaciones privadas, organismos internacionales, entidades sin ánimo de lucro y organizaciones no gubernamentales (ONG) que decidan vincularse voluntariamente al desarrollo de los proyectos restaurativos de la JEP.
Según el Ministerio de Justicia, el decreto desarrolla lo establecido en el artículo 204 del Plan Nacional de Desarrollo "Colombia, Potencia Mundial de la Vida", que ordenó crear el marco jurídico necesario para garantizar el cumplimiento efectivo de las sanciones restaurativas impuestas por la JEP. La elaboración de la norma contó con el apoyo de la Unidad de Implementación del Acuerdo de Paz (UIAP) y de varias entidades que integran la instancia de articulación entre el Gobierno, la JEP y la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas (UBPD).