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En firme medida de aseguramiento contra Anibal Gaviria, gobernador de Antioquía

El gobernador es investigado por la posible incursión en actos de corrupción relacionados con el mejoramiento y la pavimentación de la troncal de La Paz.
Foto: Colprensa
Colprensa

Con ponencia de la magistrada Blanca Nélida Barreto, la Corte Suprema de Justicia resolvió este jueves, dejar en firme la medida de aseguramiento de detención preventiva contra el gobernador de Antioquia, Aníbal Gaviria Correa, que se surte bajo la detención domiciliaria.

La medida le fue impuesta en la resolución de acusación proferida por la Fiscalía, por la presunta comisión del concurso delictual de contrato sin cumplimiento de requisitos legales y peculado por apropiación a favor de terceros.

El gobernador es investigado por la posible incursión en actos de corrupción relacionados con el contrato de infraestructura, cuyo objeto fue el mejoramiento y la pavimentación de la troncal de La Paz tramo La Cruzada-Caucasia, en el año 2005.

La Fiscalía lo llamó a responder en juicio como probable coautor del delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales y reprochó la falta de vigilancia por parte del gobernador en el proceso contractual. El pasado 3 de marzo, la Fiscalía emitió la resolución de acusación contra Gaviria Correa y se ordenó la detención preventiva.

La defensa del gobernador solicitó levantar la medida de aseguramiento, al considerar que el gobernador no es un peligro para la sociedad y aseverando que por el cargo que actualmente ocupa, “contrario a fundar un pronóstico de reiteración o de riesgo procesal, consolida su compromiso con la población, con la región y con la administración de justicia”.

Así mismo, los apoderados aseguraron que los cargos endilgados “no ostentan gravedad”, pues según ellos no existió un acto de corrupción, ni se presentaron sobrecostos en la obra, sino que lo que se discute es el procedimiento de desembolso del anticipo del contrato.

No obstante, la corte consideró que la defensa no ha presentado elementos fácticos o jurídicos que invaliden la inferencia razonable sobre la imposición de la medida de aseguramiento, sino más bien reiteración de argumentos ya expuestos o simples razonamientos nuevos.

La corte consideró que “el defensor no enarbola alguna prueba sobreviniente que desvirtúe la inferencia razonable propuesta por la Fiscalía al momento de imponer la medida de aseguramiento, ni ofrece nuevos elementos de juicio que excluyan la necesidad de la detención para lograr sus objetivos”.

La sala aseguró que la medida de aseguramiento cumple con los fines constitucionales y reúne los requisitos de proporcionalidad. Por lo anterior, la jurisprudencia no consideró procedente la solicitud de revocatoria presentada por la densa y tampoco accedió a la petición de sustituir la medida de aseguramiento por una no privativa de la libertad.

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