Según señaló el alto tribunal, no se aceptaron los argumentos esgrimidos por el exmandatario seccional, para revocar la destitución e inhabilidad por 20 años para ejercer cargos públicos.
Según la defensa del coronel en retiro, se le había vulnerado el derecho al debido proceso, puesto que al momento de emitirse el fallo de primera instancia, el 31 de enero de 2011, ya había prescrito la acción disciplinaria.