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Adopción de niños en Colombia: una decisión de amor

De acuerdo con la Corporación Casa María y el Niño, “es el más grande acto de amor: no se nace de la barriga, sino del corazón”.
Foto: ICBF
María Camila Sánchez

De acuerdo con el Código de Infancia y Adolescencia, “la adopción es, principalmente y por excelencia, una medida de protección a través de la cual, bajo la suprema vigilancia del Estado, se establece de manera irrevocable, la relación paterno-filial entre personas que no la tienen por naturaleza” y en Colombia la entidad a cargo de este proceso es el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar -ICBF. Pero más allá de la norma, adoptar es un acto de amor, o como diría la Corporación Casa María y el Niño, “es el más grande acto de amor: no se nace de la barriga sino del corazón”.

En Colombia se determinó que el proceso de adopción se llevaría por medio de tres etapas: la primera es la administrativa, la segunda es la evaluación de las condiciones de los menores y la tercera es el seguimiento. En Contacto Directo, Jimmy Jiménez, abogado especialista en Derecho de Familia, socio fundador y jefe jurídico del área de derecho privado de la firma Integrity Legal, explicó en qué consisten cada una de las etapas y desmitificó varias creencias erradas acerca del proceso.

“La base y la justificación legal del proceso de adopción es la constitución política de Colombia y esta establece que los niños tienen derecho a un nombre y a una familia, de manera que el ICBF ha diseñado este proceso pensando en darle al niño (o a los hermanitos que así lo requieran) una oportunidad de tener una familia y cumplir con ese derecho constitucional”, indicó.

En Colombia pueden adoptar parejas heterosexuales, homosexuales y familias homoparentales, es decir, una sola persona.

Etapa 1: administrativa

En esta primera fase se busca la idoneidad de las familias, es decir, los aspirantes a ser padres adoptivos pasan por un riguroso y estricto proceso de evaluación a cargo de un comité del ICBF, el cual tiene como responsabilidad evaluar, desde todo punto de vista, a esa persona solicitante.

“El ICBF en esta fase determina si esa pareja o esa persona cumple con los criterios establecidos por la Institución y garantizaría el goce de todos los derechos de ese niño o niña que va a ser adoptado. No necesariamente se requiere tener dinero para poder adoptar, pero si debe tener unas condiciones mínimas”, explicó.

El comité del ICBF realiza una serie de evaluaciones, valoraciones, talleres, test y visitas domiciliarias con trabajo social a los posibles padres adoptantes.

“Parte de este proceso también tiene que ver con la familia extensa que tendrá el menor, es decir, evalúan también a los que serán los abuelos y que serán parte de la vida del niño”.

“En Colombia es poco usual que una pareja busque adoptar un niño grande, tal vez de unos cinco años para arriba, porque son menores que tienen características y necesidades especiales. Ellos son menores que pueden tener alguna limitación o enfermedad física o psicológica o que superan los siete años, porque en su mayoría las parejas parecen no estar interesadas en ellos”.

El ICBF ha determinado que los hermanos que están en condición de adoptabilidad no pueden ser separados. Es así como deben permanecer unidos en la asignación de sus familias.

“La adopción no es un proceso a la carta; yo no puedo llegar al ICBF y decir “quiero al niño rubio de ojos azules que vi en la esquina. El trabajo de los funcionarios del ICBF hace un trabajo muy riguroso”, insistió.

Para conocer más acerca de esta etapa puedes ingresar aquí. 

Etapa 2: judicial

En esta fase del proceso un juez es el encargado de determinar que el niño, la niña o el adolescente es hijo de sus padres adoptivos en todos los términos de la ley; esto se logra mediante la radicación de la demanda de adopción y posteriormente una sentencia judicial.

Para este proceso se hace indispensable el acompañamiento de un abogado apoderado quien deberá suministrar documentos como la Resolución que declara la adoptabilidad o la Resolución que autoriza la adoptabilidad.

“El abogado hace el trámite de homologar la decisión del ICBF de entregar al menor a la respectiva familia ante un juez de familia y este último valida la decisión de la entidad. En el 95% de los casos los jueces lo aprueban y ordenan el cambio en el registro civil de nacimiento”.

Para conocer más acerca de esta etapa puedes consultar aquí. 

Etapa 3: seguimiento

En esta fase el ICBF hace un riguroso seguimiento con profesionales en psicología o trabajo social, quienes constatan las condiciones idóneas del entorno del menor de edad. El propósito de esta etapa es evaluar la situación emocional de la niña, niño o adolescente, revisar las relaciones del adoptado con su (s) padre (s) y familia extensa y conocer la situación de bienestar de la niña, niño o adolescente acompañada de una certificación de salud y educación.

Para conocer más acerca de esta etapa puedes ingresar aquí. 

Algunos mitos:

A partir de las consultas hechas al portal web de la firma de abogados que Jiménez representa, estos son algunos de los principales mitos que identificó alrededor de la adopción en Colombia:

- Los niños los venden a los extranjeros

“Ese es un mito creado hace muchos años y está mandado a recoger. Se adoptan más niños por parte de adultos colombianos que por parte de ciudadanos extranjeros. Lo que sí está permitido, es la adopción de menores por parte de extranjeros, cumpliendo con unas reglas y condiciones especiales porque ellos adoptan menores en condiciones especiales”.

- La adopción es costosa

“Las firmas de abogados ofrecen un acompañamiento legal para la adopción, pero no es ni necesario ni obligatorio tener un abogado en la primera etapa. El abogado será necesario en la segunda etapa, pero se trata de un proceso sencillo. En general no es un proceso costoso; quien quiera puede iniciar la búsqueda por adoptar un menor sin tener a un abogado en esa primera fase”.

- El proceso de adopción es solo para parejas ricas

“No es cierto. En Colombia se entregan menores a familias de todas las condiciones, pero por supuesto deben cumplir con unas condiciones mínimas porque, por ejemplo, una familia que tenga cinco hijos en una situación económica no muy buena, de seguro no pasará la fase de idoneidad”.

- El proceso es casi imposible de lograr

“No es cierto. En Colombia se logran muchas adopciones todos los años y el ICBF ha venido trabajando para que el proceso de adopción (desde el principio hasta el final) dure nueve meses. Actualmente si puede ser un proceso muy demorado, pero cuando se tiene la convicción de tener un hijo y de darle a un menor la posibilidad de darle una familia, vale la pena esperar”

- Solo es para niños, niñas y adolescentes bajo el cuidado del ICBF

“No es solo para ellos; en Colombia existen dos modalidades:

1) Proceso de adopción de persona indeterminada: los padres no saben a quién adoptarán, pero dan una idea inicial a los orientadores del ICBF; por ejemplo, si desean un bebé, si quieren que el menor sea más grande, si desean una pareja de hermanitos. Ellos dan una idea, pero no saben a quién adoptarán.

2) Proceso de adopción de persona determinada: es una adopción pensada en situaciones excepcionales en donde, por ejemplo, los abuelos, tíos o familiares con el tercer grado de consanguinidad desean adoptar al menor cuando padre o madre no están. También es posible adoptar a los hijos de la pareja porque los han criado desde pequeños y quieren oficializar dicha relación”.

El ICBF tiene habilitada la plataforma ADA - Asistente de Adopciones, en donde brinda acompañamiento a los padres interesados en adoptar. Para conocer más puedes ingresar aquí.  

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