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Juez condena a Diego Cadena por soborno a Monsalve y lo absuelve en caso de alias Víctor

El Juzgado Tercero Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá declaró culpable a Diego Javier Cadena Ramírez, exabogado del expresidente Álvaro Uribe Vélez, por el delito de soborno en actuación penal.
Diego Cadena condenado por soborno a Juan Guillermo Monsalve
Diego Cadena
Geraldine Rozo

El Juzgado Tercero Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá declaró culpable a Diego Javier Cadena Ramírez, exabogado del expresidente Álvaro Uribe Vélez, por el delito de soborno en actuación penal contra el exparamilitar Juan Guillermo Monsalve Pineda, testigo clave en el proceso por supuesta manipulación de testigos a favor del exmandatario.

La sentencia se basó en que Cadena, con pleno conocimiento y capacidad de actuar conforme a la ley, ofreció beneficios jurídicos a Monsalve durante el desarrollo del proceso, conducta tipificada en el artículo 444A del Código Penal.

El juez señaló que las pruebas y los requisitos establecidos en los artículos 301 y 381 del Código de Procedimiento Penal permitían imponer un fallo condenatorio en su contra.

La Fiscalía solicitó que la pena sea de siete años de prisión y que se cumpla en centro carcelario, solicitud respaldada por la representación de víctimas. 

No obstante, Cadena permanecerá en libertad hasta la lectura de la sentencia, programada para el 30 de septiembre, debido a que no representa un riesgo de fuga, ha asistido a todas las audiencias y no hay indicios de que pueda interferir en el proceso.

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Expresidente Álvaro Uribe deberá cumplir su condena de manera inmediata

En la misma audiencia, el juez absolvió a Cadena de los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal relacionados con el exparamilitar Carlos Enrique Vélez Ramírez, alias Víctor, al considerar que en este episodio existía duda razonable sobre la veracidad de los hechos. Esta absolución también cobijó al abogado Juan José Salazar Cruz.

El despacho indicó que la incertidumbre probatoria afectaba tanto el cargo de soborno como el de fraude procesal, por lo que, en aplicación del principio de presunción de inocencia, la única decisión posible era un fallo absolutorio.

El juez también validó jurídicamente las interceptaciones telefónicas entre Álvaro Uribe y su defensa, realizadas durante el proceso.

Este fallo se suma al contexto judicial del caso del expresidente Uribe, quien el 1 de agosto de 2025 fue condenado a 12 años de prisión domiciliaria por fraude procesal y soborno en actuación penal por la jueza 44 penal del circuito, Sandra Liliana Heredia.

La diferencia de trato judicial, que permitió a Cadena permanecer en libertad pese a ser hallado culpable, ha generado cuestionamientos, dado que el abogado fue señalado como protagonista en las visitas en las que se habrían ofrecido sobornos.

La controversia se amplifica porque ambos enfrentaban cargos similares y, según la acusación, sus actuaciones estaban estrechamente relacionadas en el desarrollo del caso.

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