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¿Colombia está obligada a cumplir las recomendaciones de la CIDH?

Enrique Prieto, profesor de Derecho Internacional, explicó que de no cumplirse las recomendaciones, se estaría enviando un mensaje negativo a la OEA.
Foto: Colprensa

Luego del informe entregado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) sobre las graves violaciones a los derechos humanos ocurridos en el marco de las protestas en Colombia, el Gobierno Nacional, en cabeza del presidente Iván Duque, rechazó algunas de las 44 recomendaciones enunciadas por el organismo internacional, señalando que “nadie puede sugerirle a un país ser tolerante con la criminalidad”.

En diálogo con Señal de la Mañana de Radio Nacional de Colombia, el profesor de Derecho Internacional de la Universidad del Rosario, Enrique Prieto, aseguró que, en caso de no cumplir con las recomendaciones expresadas por la CIDH, se estaría enviando un mensaje negativo a la Organización de los Estados Americanos (OEA), teniendo en cuenta que la Comisión Interamericana de DD.HH. hace parte de ese organismo y que el país ha firmado tratados de derecho internacional con este foro regional.

“Normalmente cuando uno escucha la palabra recomendación cree que es algo voluntario y no vinculante. Sin embargo, Colombia firmó tratados de derecho internacional, por lo cual hace parte de la OEA, y esto implica que el país debe cumplir estas recomendaciones bajo el principio pacta sunt servanda, que significa que los tratados deben ser acatados de buena fe”, manifestó el experto.

Indicó que no se espera que todas estas recomendaciones se cumplan de manera inmediata, considerando que algunos temas en particular implican reformas constitucionales y proyectos legislativos.

El especialista señaló que es prácticamente imposible que el desacato de estas sugerencias provoque la expulsión de Colombia de la Organización de los Estados Americanos.

“Colombia siempre ha sido un líder al momento de defender a nivel internacional los derechos humanos y de apoyar la labor de la OEA. No veo viable que expulsen al país; en este caso en particular, los países no suelen hacer un cumplimiento total o se demoran en el tiempo, y no es una causal inmediata para sacar a un país con el peso que tiene Colombia en la OEA”, expresó.

Frente a la solicitud de separar a la Policía del Ministerio de Defensa, Prieto comentó que con esta determinación no se resolvería el problema, afirmando que lo más importante es transformar las actuaciones de la Fuerza Pública en el contexto de las protestas. De hecho, destacó que la CIDH alertó sobre la persistencia de las “lógicas del conflicto armado” en la interpretación y respuesta a la movilización social.

“Lo que está sugiriendo la Comisión es darle una efectividad al artículo 218 de la Constitución que dice que la Policía es un órgano civil armado. Sabemos históricamente que la Policía se ha militarizado: los rangos de oficiales emulan a los del Ejército, el uniforme es muy similar al de las fuerzas militares y lo más preocupante es que el entrenamiento prácticamente es el mismo”, anotó Prieto.

Sostuvo que lo más determinante de esta recomendación es el cambio de la cultura institucional de la Policía y el debido cumplimiento de los estándares internacionales de derechos humanos. “Como lo observa la Comisión en el reporte, no es solamente el hecho de tener armas que llamamos no letales, sino cómo usamos y operamos esas armas”, añadió.

Otro de los puntos que generó inconformidad en las altas esferas del Gobierno Nacional fue la consideración de los bloqueos como una modalidad de la protesta pacífica. Respecto a este apartado, el experto aclaró que la CIDH reconoce el corte de ruta o taponamiento como una forma de manifestarse siempre y cuando no vulnere otros derechos de mayor categoría.

“La Comisión reconoce que la protesta social implica incomodar a otros, y esto significa que se restringa el tráfico en algún lugar en específico. Sin embargo, resalta que no se puede llegar a vulnerar derechos de mayor categoría, que en este caso vendría siendo el derecho a la vida, una situación que se violó con la muerte del bebé en la ambulancia. En este caso, se deben buscar a los responsables para que enfrenten todo el peso de la ley”, precisó.

Agregó que el problema se presenta al momento de considerar que todos los cierres de vías son ilegales para justificar el proceder de la Fuerza Pública.

“Cuando estos bloqueos son medidos y no afectan otros derechos, se encuentran protegidos bajo la sombrilla del derecho a la protesta pacífica y, por lo tanto, están amparados por todo este grupo de tratados internacionales de derechos humanos”, dijo.

Finalmente, Prieto declaró que, si Colombia no cumple con esta serie de peticiones, la CIDH presentará un reporte a la Asamblea General de la OEA y se tomarán las respectivas decisiones.

“Ellos crean un mecanismo especial de seguimiento que está en Washington. La Comisión, bajo su Secretaría Ejecutiva, va a dedicar un número específico de profesionales, quienes generarán unos reportes periódicos de cómo se encuentra el país. Para ello, le pedirán información al Gobierno colombiano, pero también a las organizaciones de la sociedad civil”, concluyó.

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